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¿En qué consiste el consentimiento informado y qué información debe incluir?

Una especialista en derecho de la Universidad Libre recuerda la importancia de explicar a los pacientes los riesgos de cualquier procedimiento médico.

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El consentimiento informado genera una relación entre médico y paciente, y representa más que un simple documento.

“Y se basa en un deber que tiene el profesional, médico, odontólogo, de informar los tratamientos y procedimientos que va a efectuar sobre la persona, en este caso sobre el paciente”, dice Juana Carolina Villamil Sierra, docente de Derecho de la Universidad Libre.

Es una práctica que se realiza de manera rutinaria en la medicina y consiste en explicarle detalladamente a las personas los beneficios, los riesgos potenciales y las complicaciones de cualquier procedimiento, tanto diagnóstico como terapéutico.

“Otro principio, por ejemplo, la autonomía que todos tenemos sobre nuestra salud y nuestro cuerpo”, indica Villamil.

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Puede ser verbal o escrito y debe incluir información como:

  • Datos personales del paciente
  • Datos del médico tratante
  • Explicación del procedimiento a realizar
  • Beneficios
  • Riesgos
  • Consecuencias

“No existe una rigurosidad en cómo debe presentarse ese consentimiento ante el paciente, es decir que el médico u odontólogo, y en general el personal de la salud, no está obligados a presentarlo de manera escrita”, subraya la docente.

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El consentimiento que no otorga directamente el paciente debe ser escrito.

“Hay una obligación legal de dejar por escrita la información cuando se trata de pacientes menores de edad, pacientes que por su estado de inconsciencia, por ejemplo el paciente que llega accidentado y no puede recibir información y aquellos que se encuentran en algún tipo de discapacidad psicológica, les impida comprender la información que le suministra su médico u odontólogo”, agrega.

Estas normas están estipuladas en la ley 23 de 1981, conocida como ley de ética médica.

“La ley ha planteado unas obligaciones. En principio, al médico u odontólogo no se le puede exigir el cumplimiento de la obligación de sanar al paciente o curarlo porque la medicina no es una ciencia exacta”, puntualiza.

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Todo paciente está en su derecho de aceptar o rechazar los procedimientos que se planteen en el consentimiento informado e, incluso, de retractarse en caso de alguna inconsistencia.

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