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En un centro de conciliación puede arreglar conflictos sin necesidad de llegar hasta donde un juez

En un centro de conciliación puede arreglar conflictos sin necesidad de llegar hasta donde un juez

Dichos organismos están autorizados por el Ministerio de Justicia para intentar fórmulas de acuerdos amigables entre las partes.
En temas civiles se pueden conciliar problemas de contratos de compraventa, pago de cánones de arrendamiento, restitución de inmuebles, reconocimiento de deudas, indemnizaciones y otros temas.
En temas de familia se pueden llevar asuntos sobre cuotas alimentarias, custodia de hijos y régimen de visitas, liquidación de uniones maritales de hecho, sociedades patrimoniales, y otros.
En Colombia hay 388 centros de conciliación que dependen de organismos privados sin ánimo de lucro, como las cámaras de comercio o fundaciones. De entidades públicas como la Procuraduría y la Personería. O de universidades públicas y privadas, como la Universidad Libre, los libertadores, o la Universidad del Atlántico.
La diferencia es que los centros de conciliación de universidades y de entidades públicas son gratuitos, mientras que los de organismos privados, no.
En estos centros, el conciliador debe ser imparcial y transparente y, por lo general, es un abogado en ejercicio, con diplomado en conciliación, e inscrito y autorizado.
A estos centros pueden acceder personas de escasos recursos, para lo cual deben inscribir su caso. El centro lo asigna a un conciliador, que cita a las partes para una audiencia, con asistencia obligatoria, y allí se buscan fórmulas para construir un acuerdo amigable.
Las ventajas de conciliar, en vez de demandar ante un juzgado, es que usted se ahorra tiempo pues el proceso dura máximo tres meses. Le puede salir gratis y seguramente logrará un buen arreglo con su contraparte.
En esta página puede consultar la lista de todos los centros de conciliación: https://www.sicaac.gov.co/

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