Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Push Noticias Caracol
Reciba nuestras notificaciones con lo último de:
Ahora no
Activar

Publicidad

EPM explica las razones de billonaria reclamación por fallas en construcción de Hidroituango

El vicepresidente de asuntos legales de la empresa explicó en qué consiste la solicitud de conciliación contra los constructores, diseñadores e interventores de la obra.

Thumbnail

Ante el revuelo que ha causado el anuncio de EPM de demandar por 9.9 billones de pesos a constructores, diseñadores e interventores de Hidroituangopor las supuestas fallas en su construcción, Alexander Sánchez Pérez, vicepresidente de asuntos legales de EPM, explicó en Noticias Caracol las razones y alcances hasta el momento de la reclamación.

“Lo primero que se debe decir es que este no es un juicio de responsabilidad disciplinario, no es un juicio de responsabilidad penal, en el que se establecen responsabilidades individuales. Las pretensiones consisten en solicitar unas reclamaciones por unos perjuicios que se causaron, como todo el país conoce, a partir del 28 de abril de 2018 cuando hubo el infortunio debido al colapso del tercer túnel, o lo que se conocía como la galería auxiliar de desviación”, indicó Sánchez.

De acuerdo con el anuncio realizado el lunes, esta decisión recae en contra del consorcio constructor, diseñador e interventor de la obra: Consorcio Generación Ituango (constituido por las sociedades Integral Ingeniería de Consulta S.A. -hoy Integral S.A.- e Investigaciones Geotécnicas Solingral S.A. -hoy Integral Ingeniería de Supervisión S.A.S.-); Consorcio CCC Ituango (constituido por Construções e Comércio Camargo Corrêa S.A., Conconcreto S.A. y Coninsa - Ramón H. S.A.); Consorcio Ingetec-Sedic (compuesta por las sociedades Ingetec S.A. y Sedic S.A.); Seguros Generales Suramericana S.A. y Chubb Seguros.

“Tambien debe decirse que estamos en una fecha próxima a la caducidad, es decir EPM tiene la obligación de acceder a la administración de justicia y poner en manos de un tercero unas pruebas objetivamente comprobables para que dirima la controversia. Aquí un punto que es muy importante es que el alcalde (Daniel Quintero) así como su gerente (Álvaro Guillermo Rendón) y los vicepresidentes, este caso de la vicepresidencia que yo presido, tienen la obligación de poner en conocimiento de las autoridades un perjuicio, digamos, que ha venido en aumento”, aseguró.

Publicidad

“El proyecto arrancó por los 9.2 billones de pesos y en este momento estamos en 16.2 billones”, apuntó Sánchez.

El vicepresidente de asuntos legales de EPM manifestó que después del colapso de la GAD, la empresa ha indemnizado a más de cuatro mil personas “pues muchos ciudadanos se vieron afectados por esta contingencia”.

Publicidad

Asimismo, EPM asumió el pago de turbinas, de todo el deterioro de la estructura, “entonces, digamos que en este momento tiene la obligación legal y ética de demandar a los consorcios en los que considera que probablemente existe una responsabilidad y que ese dinero lo tiene que pagar los verdaderos responsables, no lo tiene que asumir otras personas”, indicó frente a la inquietud de sí ese monto podría llegar a recaer en los colombianos si no hay conciliación.

Sin embargo, a través de una carta se conoció este martes que parte de la junta directiva no conocía esta decisión y que no la comparte, lo cual fue confirmado por el vicepresidente de asuntos legales.

“Debe quedar claro para los colombianos que no se trata de una demanda sino de una solicitud de conciliación en contra de quienes se consideran causaron un grave perjuicio a las finanzas públicas de EPM. Desde el punto de vista jurídico, no existe por parte del gerente la obligación legal de consultar a la junta, es decir, el acuerdo municipal que nos rige, que es el acuerdo número 12 de 1998, en ninguna parte dice que para adelantar un trámite conciliatorio debe solicitar permiso a la junta”, puntualizó.

Ante el álgido debate que desató esta decisión, para la mañana de este martes fue convocada una junta extraordinaria. Según Sánchez “para exponer las líneas del escrito de conciliación, develar las pruebas que a través de las cuales se solicitó ese escrito y también poner en evidencia el monto de los perjuicios”.

Publicidad

  • Publicidad