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¿Es deudor de multas de tránsito en Bogotá? Ojo a este plazo para acogerse a beneficios

Si la sanción es anterior al 30 de junio del 2021, puede obtener una condonación de intereses. Le contamos qué debe hacer.

¿Es deudor de multas de tránsito en Bogotá? Ojo a este plazo para acogerse a beneficios

Si usted es deudor de multas de tránsito en Bogotá, tiene hasta el próximo 14 de septiembre para acogerse a varios beneficios. Sin embargo, tenga en cuenta que aplica para obligaciones anteriores al 30 de junio del año 2021 y solo para pago en efectivo.

Los sancionados pueden acogerse a una condonación de los intereses e incluso en el capital, dependiendo si la infracción fue a bordo de una moto o un carro.

Los porcentajes son del 20% del capital y 100% de intereses en descuento para aquellos que cometieron infracción en vehículo y del 40% del capital; 100% de intereses para aquellos que lo cometieron en una motocicleta”, explica Sebastián Cortés, director de gestión de cobro de la Secretaría Distrital de Movilidad.

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Ingresando a la página web www.secretariademovilidad.gov.co, en la pestaña de consulta y pago de comparendo, digite el número de su cédula o la placa del vehículo para acceder no solo a la información sobre la multa, sino también para realizar el pago correspondiente.

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¿Quiénes no están cobijados con este beneficio? Cortés señala que “están exentos por la norma misma aquellos deudores de obligaciones que cometieron la infracción en estado de embriaguez o bajo sustancias alucinógenas”.

Son, en total, 471 mil conductores de vehículos y motocicletas en la capital que podrán acogerse a este beneficio hasta el 14 de septiembre.

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