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¿Podrán ampararse en la justicia indígena quienes asesinaron a conductor de camión?

El hombre atropelló y mató a una mujer embera y su pequeña hija en Bogotá, por lo que miembros de esa comunidad lo lincharon. Juristas explican cómo debe operar el sistema judicial en este caso.

¿Justicia indígena puede operar en caso de linchamiento a conductor que arrolló a mujer embera y su bebé?

Un grave accidente se registró la noche del martes 25 de enero en inmediaciones del parque La Florida, occidente de Bogotá. Una mujer indígena de 38 años y su bebé, de año y medio, fueron arrolladas por un camión de la basura, el cual era conducido por un operario que fue linchado por otros miembros de la comunidad embera .

La administración de venganza por cuenta de lo que se denomina “justicia por mano propia” en palabras de juristas es el equivalente a una pena de muerte, que de ninguna manera está avalada ni puede ser ejecutada por nadie en Colombia.

“Está prohibida en la Constitución y hay una jurisdicción indígena especial dentro de sus territorios. Los indígenas pueden administrar justicia según sus reglas y procedimientos, pero no pueden en esa práctica ni función desconocer ni la Constitución ni las leyes de la república”, indicó José Gregorio Hernández, expresidente de la Corte Constitucional.

Y aunque si bien en Colombia existe una justicia especial encargada de sancionar y juzgar las conductas contrarias a la ley cometidas por las comunidades indígenas, en este caso esta jurisdicción no aplica, dicen los expertos.

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“Como estos hechos ocurrieron en la vía pública, en Funza, ni el accidente de tránsito ni el linchamiento de la persona puede ser objeto de juzgamiento de la jurisdicción indígena, debe ser dentro del juzgamiento de la justicia ordinaria”, asegura el exvicefiscal Francisco José Sintura.

En otras palabras, sería la justicia ordinaria, en cabeza de la Fiscalía General de la Nación, la competente para capturar a los responsables e imponer sanciones por el delito de homicidio.

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“Cuando ese acto de ese miembro de la comunidad indígena se comete contra una persona que no hace parte de la misma, allí la jurisprudencia de la Corte admite que entre a operar tranquilamente la jurisdicción ordinaria”, puntualiza Hernando Herrera, director de la Corporación Excelencia de la Justicia.

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Desde la Alcaldía de Bogotá rechazaron estos actos.

“Nuestro Estado de Derecho, nuestro estado constitucional, garantiza un sistema de reparación y de justicia a través de la vía institucional y no de la violencia o el uso de la fuerza por parte de nosotros los ciudadanos. Esto aplica para cualquier ciudadano colombiano y también para las comunidades indígenas”, indicó Luis Ernesto Gómez, jefe de gabinete de la Alcaldía de Bogotá.

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Por ahora, el CTI de la Fiscalía está al frente de la investigación tras el homicidio contra el conductor del camión recolector de basura que minutos antes atropelló a una mujer indígena y su pequeña hija.

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