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Uso de capuchas, el punto de la discordia de protocolo en el que trabajan Gobierno y Distrito

El Ejecutivo plantea que los manifestantes no utilicen elementos que impidan identificarlos, pero Alcaldía de Bogotá cree que no se puede establecer qué deben vestir.

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Este miércoles vence el plazo fijado por el Tribunal de Cundinamarca, que ordenó a los gobiernos Nacional y Distrital fijar un protocolo de atención a las manifestaciones. Aunque hubo un primer acercamiento, hay un punto polémico: el uso de capuchas.

El borrador de protocolos elaborado por el Ejecutivo contempla un aparte, para muchos polémico, y que va dirigido a los participantes de las manifestaciones: “no portar capuchas u otros elementos que impidan la identificación”.

Para el secretario de Gobierno de Bogotá, Luis Ernesto Gómez, no se puede determinar el vestuario que deben usar quienes participen en las marchas.

“Esto no debe tocar asuntos de los manifestantes, frente al tipo de consignas que manifiestan, frente a la forma como quieran expresar su protesta. Le corresponde a una ley estatutaria pronunciarse, es decir, al Congreso de la República”, precisó.

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Para Daniel Mejía, exsecretario de Seguridad de Bogotá, “es una propuesta que tiene sentido, pero le impondría una carga adicional a la Policía que es bastante complicada en el terreno, al momento que se están dando las marchas. Implicaría que la Policía tiene que ir donde estas personas que están usando estos elementos prohibidos y enfrentarlos para que se quiten los elementos del rostro”.

Andrés Nieto, experto en seguridad, reconoce “que muchos delincuentes y vándalos las usan precisamente para que no sean identificados, pero la Corte también ha dicho que desde el 2005 se ha estigmatizado la protesta social”.

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Otra de las exigencias que contempla el documento es algo de lo que ya se ha venido hablando en el país por los ataques contra algunos establecimientos de comercio y es que el organizador de la manifestación contrate una póliza de responsabilidad civil extracontractual.

“Es inviable porque es una limitación excesiva al derecho fundamental que tienen los ciudadanos de expresarse libremente a través de una protesta y entonces considero que es una medida que no tendrá posibilidad de prosperar y no podrá pasar el tamiz de una revisión de constitucionalidad”, consideró Javier Rincón, docente de la Pontificia Universidad Javeriana.

Para el caso del uso de las armas, el protocolo contempla que “los funcionarios de Policía que intervienen en los servicios de acompañamiento, prevención e intervención en manifestaciones pacíficas no portarán armas de fuego”.

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Según el protocolo, las autoridades que participen en las marchas o movilizaciones deberán capacitarse en derechos humanos y uso de la fuerza.

Adicionalmente, se deberá presumir la legalidad e intención pacífica de la protesta.

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