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Las 14 multas que pagaría si se porta mal en el MIO, según nuevo Código de Policía

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El próximo 30 de enero empieza a regir el nuevo Código de Policía en Colombia, que establece deberes y derechos de los ciudadanos, así como sanciones por conductas que afecten la convivencia.

[Vea también: Código de Policía para dummies: si usted hace esto se expone a duras sanciones]

Algunas de esas sanciones están relacionadas con los comportamientos inapropiados en los sistemas de transporte masivo, como el MIO en Cali. Por lo tanto, Metrocali enumeró las 14 multas que podrían pagar los usuarios que se porten mal en el sistema, así como las dos amonestaciones pedagógicas que podrían recibir.

[Consulte también: ¡A portarse bien! Estas son las conductas que castiga el nuevo Código de Policía]

Conózcalas a continuación para que las evite y siga siendo un ciudadano ejemplar.

1. Evadir el pago de la tarifa del MIO para acceder a la prestación del servicio de transporte, en cualquiera de sus buses (articulados, padrones y alimentadores).

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Multa: 8 salarios mínimos diarios legales vigentes ($196.724)

2. Alterar, manipular, deteriorar, destruir o forzar, las puertas de las estaciones o de los buses articulados, impidiendo su uso y funcionamiento normal.

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Multa: 16 salarios mínimos diarios legales vigentes ($393.449).

3. Destruir, obstruir, alterar o dañar los sistemas de alarma o emergencia o sus señales indicativas (mapas, tableros, pantallas).

Multa: 32 salarios mínimos diarios legales vigentes  ($786.898).

4. Obstaculizar o impedir la movilidad  o el flujo de usuarios de pasajeros en el Sistema (hacer fila para ingresar a los buses).

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Multa: 16 salarios mínimos diarios legales vigentes  ($393.449).

5. Ingresar y salir de las estaciones y terminales del Sistema por sitios distintos a los asignados para ello (pasos restringidos en las terminales y estaciones del Sistema).

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Multa: 4 salarios mínimos diarios legales vigentes  ($98.362).

6. Impedir el ingreso o salida prioritaria a mujeres embarazadas, adulto mayor, personas con niños y personas en situación de discapacidad.

Multa: 4 salarios mínimos diarios legales vigentes ($98.362).

7. Irrespetar las sillas azules, y no ceder el lugar a una persona en situación de discapacidad.

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Amonestación de carácter pedagógico. Llamado de atención en procura de un reconocimiento de la conducta equivocada, y el compromiso a futuro de no repetición y el respeto a las normas de convivencia.

8. Agredir, empujar o irrespetar a las demás personas durante el acceso, permanencia o salida de estos.

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Multa: 4 salarios mínimos diarios legales vigentes ($98.362).

9. Transportar mascotas en el MIO, incumpliendo la reglamentación. Para el caso del Masivo, en el Manual de Convivencia establecido por el Municipio mediante decreto, sólo se permite el transporte de gatos y perros entre las 9:00 a.m. y las 3:00 p.m. en contenedores especiales con manija o colgante. Esta norma no aplica para los perros guía, los cuales deberán ir identificados con chaleco y certificado de la Secretaría de Salud – Zoonosis. 

Multa: 8 salarios mínimos diarios legales vigentes ($196.724).

10.  Irrespetar a las autoridades del sistema.

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Multa: 16 salarios mínimos diarios legales vigentes ($393.449).

11. Ingresar al MIO cualquier sustancia o elemento que pueda poner en peligro la salud e integridad de los pasajeros.

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Multa: 32 salarios mínimos diarios legales vigentes ($786.898).

12. Perturbar la tranquilidad de los usuarios mediante algún acto molesto (ventas ambulantes, ruido etc).

Amonestación de carácter pedagógico. Llamado de atención en procura de un reconocimiento de la conducta equivocada, y el compromiso a futuro de no repetición y el respeto a las normas de convivencia.

13. Perturbar la tranquilidad mediante un acto obsceno.  

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Multa: 32 salarios mínimos diarios legales vigentes ($786.898).

14. Consumir alimentos, bebidas (en buses) o derivados del tabaco o sustancias cuando estén prohibidas en el resto del Sistema.

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Multa: 4 salarios mínimos diarios legales vigentes ($98.362).

15. Resistirse a los procesos de seguridad en los filtros del MIO (guardas de seguridad, asesores de servicio, operadores, personal del Sistema).

Multa: 32 salarios mínimos diarios legales vigentes ($786.898).

16. Contravenir las obligaciones que se determinen en los reglamentos y/o manuales de uso y operación, que establezcan las autoridades encargadas al respecto (Manual de convivencia).

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Multa: 32 salarios mínimos diarios legales vigentes ($786.898).

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