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Se podrá construir en parqueaderos de la Plaza de Toros de Cali, según MinCultura

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El Ministerio de Cultura anunció este jueves que el Plan Especial de Manejo y Protección, PEMP, presentado por la Sociedad Plaza de Toros de Cali S.A. al Consejo Nacional de Cultura, fue aprobado. Es decir, se podrá construir en la zona de los parqueaderos de la Plaza de Toros de Cañaveralejo.

La decisión fue tomada después que la Sociedad Plaza de Toros de Cali S.A. acogiera las últimas recomendaciones hechas por el Consejo Nacional de Patrimonio, CNP y la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura, el pasado 13 de marzo de 2015.

“Lo que pretende el Ministerio y el Consejo es que el coso de la Plaza de Toros, que es un bien representativo de la arquitectura moderna, sea conservado. Para ello, se deben hacer algunas intervenciones y lo más importante es su reforzamiento estructural, porque la plaza no cumple con las normas de sismo resistencia”, dijo la ministra de Cultura, Mariana Garcés.

“Este bien es una propiedad privada, por lo tanto éste se rige por las normas del derecho privado. El hecho de que esos bienes inmuebles tengan declaratorias de bienes de interés cultural de la Nación no significa que sus propietarios pierdan sus derechos sobre ese inmueble”, aclaró la Ministra de Cultura.

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El Consejo de Estado ratificó en noviembre del año pasado que la competencia para la definición del uso del suelo y el Plan Especial de Manejo y Protección del Bien de Interés Cultural, Plaza de Toros de Cañaveralejo, es del Ministerio de Cultura, por tratarse de un Bien de Interés Cultural de la Nación desde 1995, por lo cual es a esta cartera a quien le corresponde determinar los usos del suelo del bien de interés cultural.

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Frente a la movilización ciudadana que demanda que la zona de parqueaderos de la Plaza sea convertida en un parque, la ministra Garcés señaló que el PEMP dejó abierta esa posibilidad.

No es suficiente la voluntad ciudadana para que se lleve a cabo, porque ese terreno tiene las restricciones y los derechos que les da a los particulares el ser propietarios de ese terreno”. 

La Ministra también aclaró que el Concejo de la capital vallecaucana tuvo en sus manos el instrumento para definir el uso de esos terrenos a través del POT, como por ejemplo, haberlo destinado para construir un parque.

Sin embargo, “lo que quedó definido en ese documento, expedido por el Concejo y sancionado por el Alcalde de Cali, aprobado el 3 de diciembre de 2014, es que hay una clara intención de que esos terrenos se dediquen a su uso comercial, bajo el nombre de zona de equipamiento y zona comercial. Si se hubiera tomado la decisión de que el uso de esos terrenos debía tener otro destino como una zona de parque, el Ministerio la hubiese respetado”, aclaró Garcés.

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Por otro lado, un sector de los ambientalistas, representados por el abogado Felipe García manifestaron que instaurarán una acción judicial para evitar que se construya un centro comercial en esa zona.

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¿En qué consiste el PEMP de la Plaza de Toros?

Según el PEMP, los recursos de la venta de la plaza se deben destinar al pago de algunas obligaciones pendientes y a su reforzamiento estructural. Así, se garantizará la sostenibilidad del predio que quedó planteada para 20 años. 

El PEMP respetó el POT de Cali, donde se establece que el predio es un área de actividad mixta. Esto permite el desarrollo de actividades que integren armónicamente usos dotacionales, comerciales y de servicios, tanto en el área afectada, como en la zona de influencia. 

Además, el PEMP indica que se pueden desarrollar edificaciones en la zona de influencia con alturas entre 11.6 y 23.6 metros y con la cesión de un espacio que funcione como parqueadero de acceso público.

La primera construcción deberá estar a 60 metros de la plaza con una altura máxima de 11,6 metros. El segundo volumen no podrá sobrepasar una altura de 17,6 metros y en el caso del tercero, en la esquina de la carrera 52, la altura máxima será de 23,6 metros. También, deben estar separadas por pasajes peatonales de 12 metros de ancho.

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La zona arborizada que rodea la plaza se debe conservar. Además, el Ministerio sostiene que deben existir zonas de aislamiento, es decir, franjas arborizadas, algunas a 10 metros desde el andén hasta el complejo que el particular construya.

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