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Ayuda en suicidio no es un homicidio, expresa la Corte Suprema de Justicia

El pronunciamiento se hizo a raíz del caso de un habitante de calle que fue condenado por el homicidio de una joven, pero las pruebas mostraron que era ella quien le había pedido ayuda para su suicidio.

Ayuda en suicidio no es un homicidio, expresa la Corte Suprema de Justicia
Yessica Katerín Aguirre le pagó 140 mil pesos al hombre para que la ayudara a terminar con su vida. Se trató de un delito de ayuda al suicidio y no necesariamente en el de homicidio, según la sentencia
Twitter: @CorteSupremaJ

La Corte Suprema de Justicia tomó este viernes una importante decisión sobre qué responsabilidad le cabe a una persona que ayuda a otra a en un suicidio. Esto se da a raíz del caso de una joven de 20 años en Manizales que, decidida a quitarse la vida en 2017, le pidió ayuda a un habitante de calle.

El fallo de la sala de casación penal de la Corte Suprema señala que los actos que permiten la muerte de un suicida, efectuados por un tercero, caben en el delito de ayuda al suicidio y no necesariamente en el de homicidio. El primero es querellable y de menor condena que el segundo.

El caso favoreció a Hernán Ramírez Carvajal, quien fue dejado en libertad este viernes, 10 de febrero, por la sala penal de la Corte Suprema de Justicia al considerar que él no asesinó a Yessica Katerín Aguirre Canchala, una joven estudiante que fue encontrada muerta con una herida en el cuello.

La sentencia asegura que el habitante de calle incurrió en el delito de ayuda al suicidio, pues, según las pruebas recolectadas, Yessica le pagó 140 mil pesos para que la ayudara a terminar con su vida.

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Precisamente, entre las pruebas recolectadas, se halló una nota en la que señala que no hay culpables y que ella, Yessica, fue quien llevó el arma para ocasionarse la herida.

Los magistrados también tomaron en cuenta el testimonio de una vendedora ambulante del sector, que testificó que esta joven habría preguntado quién podría ayudarla a terminar con su vida. También el hecho de que la joven había hecho varias búsquedas en internet sobre quitarse la vida.

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La Corte Suprema, en el fallo de casación, asegura que el Tribunal Superior de Manizales que condenó a Hernán Ramírez Carvajal a 33 años de cárcel por homicidio agravado lo hizo sin razón e incurrió en falsos juicios, de ahí que revocó esa sentencia y ordenó la libertad de este hombre.

"La sentencia impugnada, en efecto, había incurrido en varios errores de apreciación probatoria por falso raciocinio y falso juicio de identidad, que condujeron a emitir condena por homicidio agravado, pese a que las pruebas también soportaban con análoga solidez la conclusión de que el comportamiento realizado pudo ser el de ayuda al suicidio”, indicó Myriam Ávila Roldán, magistrada de la sala penal de la Corte Suprema.

Es importante señalar que la ayuda al suicidio es un delito que puede dar hasta 9 años de cárcel. Sin embargo, en este caso, asegura la Corte Suprema, no hubo una querella o denuncia por parte de los familiares de Yessica Katerín Aguirre y este es otro de los argumentos por los que hoy decide tumbar el fallo inicial contra Ramírez Carvajal y ordenar su libertad inmediata.

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