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Construir un parque o dar clases: penas que recibirían militares que reconocieron falsos positivos

Según la JEP, los implicados “aportaron verdad plena, detallada y exhaustiva” en el subcaso Catatumbo. Tribunal de Paz definirá la sentencia, que no implicará cárcel.

Construir un parque o dar clases: penas que recibirían militares que reconocieron falsos positivos

La JEP emitió su primera resolución de conclusiones en el subcaso Catatumbo, donde se investigan cientos de falsos positivos cometidos en esa zona de Colombia. En este sentido, la jurisdicción traslada al Tribunal de Paz el proceso contra 11 militares, entre los que se encuentran el general en retiro Paulino Coronado y los coroneles Santiago Herrera y Rubén Darío Castro, para que allí se defina la sentencia que es conocida como sanción propia, teniendo en cuenta que estos uniformados reconocieron su responsabilidad.

Esto quiere decir que no pagarán cárcel y recibirán “penas restaurativas”, que contemplan:

  • Salón de exposición dentro del Museo Nacional de la Memoria de Colombia sobre falsos positivos.
  • Parque memorial de las 6.402 víctimas de falsos positivos.
  • Placas ubicadas en los parques donde fueron aprehendidas las víctimas para posteriormente ser asesinadas y desaparecidas forzadamente.
  • Construcción de espacios físicos donde las víctimas puedan congregarse y realizar actividades para su fortalecimiento organizacional.
  • Proyectos de recreación, deporte y ocupación del tiempo libre para jóvenes en contextos de vulnerabilidad social y económica.
  • Un documental fílmico, ‘Las verdades del Catatumbo’, proyecto presentado por los comparecientes Santiago Herrera, Rubén Darío Castro, Álvaro Diego Tamayo Hoyos y Juan Carlos Chaparro.
  • Cátedras para fortalecer la no repetición, proyecto presentado por los comparecientes Santiago Herrera, Rubén Darío Castro, Álvaro Diego Tamayo Hoyos, Gabriel Rincón Amado y Juan Carlos Chaparro.

Catalina Díaz, magistrada de la JEP, precisó sobre este caso que, “tras un proceso de contrastación judicial en el que se esclareció el patrón de acción macrocriminal y los hechos y conductas más representativas, se determinaron las responsabilidades individuales, se calificaron jurídicamente los hechos como asesinatos y desapariciones forzadas como crímenes de guerra y de lesa humanidad”.
“La JEP emitió su primera resolución de conclusiones, en la que determinó que los imputados reconocieron su responsabilidad y aportaron verdad plena, detallada y exhaustiva. Así, conforme a la Constitución y a la ley, los 11 comparecientes son elegibles para la imposición de una sanción propia”, añadió.

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