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Corte Suprema devolvió al Tribunal Superior de Bogotá fallo sobre nulidad de huelga de pilotos

Corte Suprema devolvió al Tribunal Superior de Bogotá fallo sobre nulidad de huelga de pilotos

Las fallas en la grabación de audio y video de la audiencia impidieron que el alto tribunal decidiera si le daba prioridad a este caso. Esto atrasa el proceso.
Este es el texto del comunicado de la Corte Suprema de Justicia:
“Teniendo en cuenta las serias y al parecer irreparables fallas en el registro audiovisual de la audiencia de la tarde del viernes 6 de octubre, en la cual la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá emitió sentencia de ilegalidad de la huelga de los pilotos de Avianca y en la que también se interpusieron y resolvieron distintos recursos e incidentes, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia ordenó la devolución del expediente para que el tribunal de primera instancia proceda de inmediato a la reconstrucción parcial del mismo (archivos de audio y video de esa tarde).
Al revisar los discos compactos remitidos por el tribunal, la Corte no encontró una copia completa y fiel de las diligencias de esa tarde, porque las diligencias no quedaron debidamente grabadas en medio magnético.
Además, si bien, posteriormente, el tribunal trató de solucionar sin éxito la irregularidad de los archivos de audio y video, con registros audiovisuales que pidió a distintos medios de comunicación, no cumplió debidamente el trámite legal previsto (art. 1265 del Código General del Proceso), porque no contó con la participación de las partes en una audiencia pública (principios de oralidad y publicidad –art. 42 del Código Procesal del Trabajo).
En definitiva, la Corte no tiene en el expediente remitido de primera instancia una copia técnica, fiel, segura, confiable y fidedigna de la sentencia y de los recursos de apelación, lo que le impide emitir la decisión de segunda instancia definitiva.
Por eso, devuelve el expediente para que sea reconstruido legalmente por el tribunal, que podrá tener en cuenta grabaciones y documentos suministrados por las partes, los archivos de audio y video suministrados por los medios de comunicación y otros mecanismos que considere idóneos, pero incorporados legalmente al expediente.
Vea, además:
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