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¿En colegios de Colombia aún hay restricciones al libre desarrollo de la personalidad?

Una nueva polémica se avivó luego de que un estudiante denunciara que recibió comentarios sobre su cabello y piercings por parte de la coordinadora del colegio donde estudia. Desde hace más de 30 años, la Constitución protege el libre desarrollo de la personalidad.

La polémica por el alcance de los manuales de convivencia y la actitud de directivas y docentes frente al libre desarrollo de la personalidad ha vuelto a estar en boca de la opinión pública debido al caso denunciado por una madre en Ibagué, en el cual argumentaba que la coordinadora de la institución educativa José Antonio Ricaurte instigaba a la menor con comentarios relacionados con su corte de cabello, el uso de pírsines y la negativa de la estudiante del uso del uniforme con falda.

El hecho se viralizó por un video publicado en Facebook, en el cual Lina Inés Buitrago, madre de la menor involucrada, declara que no obligará a su hija a hacer algo que ella no desea, sintiendo impotencia de no poder hacer nada frente a las acciones de la coordinadora.

A raíz de esto, la Procuraduría adelanta una investigación contra la directiva Libia María Barrios Cruz por “presunto desconocimiento de los lineamientos normativos para el abordaje pedagógico de situaciones de riesgo en la convivencia escolar”.

Además de este proceso, en entrevista con Caracol Ahora, el secretario de Educación de Ibagué, Juan Manuel Rodríguez Acevedo, declaró que desde la dependencia se “está haciendo un programa in situ para mirar que sí se den los cambios en el manual y mirar la situación relacionada con la coordinadora”, lo cual implica un tema de pedagogía a docentes y directivos frente al tema.

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Rodríguez destaca que esto es un reto desde varios frentes. Reconoce que muchos de los directivos son “vieja escuela”, lo cual no ha permitido que sea fácil la transición a los aspectos que vive actualmente la sociedad.

“Entonces, uno encuentra situaciones que no se ajustan a la realidad, más después de la pandemia, donde efectivamente no podemos desconocer que hubo unos cambios importantes en la forma de vivir y convivir y son temas que también deben ser adaptados en los manuales de convivencia”, afirma.

Con relación a lo anterior, el secretario agrega que las autoridades encargadas hacen un constante llamado para que las instituciones hagan la modificación de los manuales y traten de ajustarlos a las condiciones reales de nuestra sociedad, apuntando a poder permitir que se dé el libre desarrollo de la personalidad.

“El libre desarrollo de la personalidad no significa libertinaje, significa poder otorgarle a los estudiantes circunstancias propias de su personalidad y que no afectarán de ninguna manera la educación, como lo son el esmalte en las uñas, los tatuajes o pírsines, y otras situaciones”, explica.

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Esto es soportado por la T-349/16, mediante la cual se declara que aquellos manuales, reglamentos o pactos de convivencia de las instituciones educativas que impongan patrones estéticos unificados son restrictivos e inadmisibles en un Estado social de derecho, agregando que la “presentación personal” no es un fin superior capaz de desplazar la prevalencia del derecho al libre desarrollo de la personalidad de los estudiantes.

Las opiniones están divididas. En redes algunas personas apoyan las presuntas acciones tomadas por la coordinadora, argumentando que los colegios no son desfiles de moda y deben imponerse normas en el proceso formativo de los jóvenes. Las autoridades municipales declaran rechazo frente a la situación, debido a que ellos actúan de acuerdo a lo establecido en la Constitución, y que, aunque las instituciones tienen autonomía frente algunos aspectos, todas las construcciones deben ser con base en la jurisprudencia actual, en este caso, acogiendo los dictámenes que establece la ley frente a temas de libre desarrollo de la personalidad y la inclusión.

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