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"Es un retroceso”: expertos ante fallo de Corte Constitucional sobre consultas populares

Ambientalistas rechazaron la decisión del alto tribunal de impedir que ese mecanismo de participación ciudadana prohíba la actividad minera en Colombia.

La sentencia es clara, la propiedad del subsuelo es del Estado y una comunidad no puede limitar su uso.

Al resolver una tutela interpuesta por la multinacional Mansarovar Energy, la Corte Constitucional dijo que en todos los casos las consultas no pueden prohibir proyectos que son de interés nacional.

“La explotación de los recursos naturales no renovables en cabeza del Estado, implica que este mecanismo de participación ciudadana no puede ser utilizado para prohibir actividades de extracción en un determinado municipio o distrito”, determinó. la Corte.

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El Centro de Estudios de Justicia, por su parte, cuestionó la decisión.

“En esa medida, el subsuelo pertenece a todo el país, no solo a la Nación. No es solamente la Nación quien puede decidir y disponer cómo se van a utilizar los recursos, sino los municipios también deben participar en esa decisión”, asegura Helena Durán, coordinadora de medio ambiente de justicia.

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Durán afirma, además, que la decisión del alto tribunal “es un retroceso para la participación ciudadana y un retroceso para los avances que se habían dado en la política minero-energética”.

La Corte plantea que ante un proyecto minero debe existir concertación entre la Nación y el territorio, y le dice al Congreso que debe legislar sobre la materia.

“La Corte exhortó al Congreso de la República para que en el menor tiempo defina uno o varios mecanismos de participación ciudadana”, puntualizó el alto tribunal.

La sentencia les ordena a los ministerios de Minas y Medio Ambiente ordenar a las empresas del sector minero-energético que respeten los derechos humanos, realicen acciones de debida diligencia para la gestión de los riegos ambientales y sociales con ocasión de las operaciones de sus actividades, y amplíen espacios de información con los alcaldes de los municipios donde operan.

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Ante este fallo, próximas consultas que en sus preguntas se refieran a suspender un proyecto minero no se podrán realizar.

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