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Estatuto de la oposición entrará en vigencia este 20 de julio

La Corte Constitucional declaró exequible tras su revisión. La principal novedad, las curules para Gustavo Petro y Ángela María Robledo en el Congreso.

El alto tribunal notificó en las últimas horas al Congreso el fallo sobre el estatuto de la oposición, una norma que en su mayoría fue declara exequible.

“Es un estatuto muy importante para que el ejercicio de la oposición entre en vigencia a partir del 20 de julio de 2018, son importantes protecciones a la oposición en Colombia”, explicó Alejandro Linares, presidente de la Corte Constitucional.

La corte señaló que no deberá ser la Procuraduría quien haga el control a estas normas sino el Consejo Nacional Electoral. Una de las novedades de este estatuto es que ahora los partidos políticos deberán definirse e inscribirse como independientes, opositores o del partido de gobierno.

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El estatuto también contiene el derecho a las curules para el candidato presidencial derrotado en segunda vuelta.

“Ellos tendrán su curul garantizada. En el Senado, el doctor Petro y en la Cámara, la doctora Robledo", agregó Linares.

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Así mismo se señala que la autoridad electoral asignará en cada canal de televisión y emisoras al menos 30 minutos mensuales en las franjas de mayor sintonía y dará derecho a réplica a la oposición frente a alocuciones presidenciales en tres ocasiones al año.

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