La Corte Constitucional emitió el fallo en el que explicó en detalle la
Consulte aquí el fallo de la Corte Constitucional sobre la eutanasia
Señala el alto tribunal que en ningún caso se debe limitar el derecho a que la condición sea mortal.
La condición de un pronóstico de muerte próxima no contribuye en la defensa de la vida, y sí supone una limitación profunda a la autonomía y al derecho a no enfrentar condiciones incompatibles con los intereses críticos o el concepto de vida digna que cada persona defiende.
IPS habría cancelado eutanasia de Martha Sepúlveda tras verla “mejor” en informe de Noticias Caracol
Asimismo, la
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- Primero, el consentimiento como núcleo del acceso a la muerte digna.
- Segundo, la intervención médica, ya que solo el profesional de la salud puede dar la información y efectuar el procedimiento.
Qué dice el fallo sobre la eutanasia para quienes no pueden expresarse
Hay un capítulo esencial para pacientes que no pueden transmitir su dolor. Se abre la puerta al consentimiento que pueden dar los familiares para acceder al derecho de morir dignamente.
El consentimiento sustituto es válido, pues son las personas más cercanas al afectado directamente quienes mejor conocen sus intereses críticos, al igual que su posición sobre la manera en que enfrentarían una condición de salud extrema.
Ya con sentencia en mano no habría más dilaciones para que la señora
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Juan Carlos Henao, expresidente de la Corte Constitucional, afirma que “lo sabe bien el
En el fallo, además, el alto tribunal hace una nueva solicitud para que el Congreso legisle sobre los temas aún no definidos respecto a la eutanasia.
¿Qué pasará entonces con el caso de
El Ministerio de Salud manifestó que la oficina jurídica está preparando un cuestionario para la Corte Constitucional.
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La IPS Incodol, que canceló la eutanasia de Martha Sepúlveda, aún no ha dado respuesta.