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Eutanasia por depresión no es procedente, sentencia la Corte Constitucional

Eutanasia por depresión no es procedente, sentencia la Corte Constitucional

Alto tribunal llamó la atención sobre la soledad en que viven los adultos mayores, muchos de ellos lejos y abandonados por sus familias.
“El juez debe conocer la realidad social en que se dan los hechos. Debe distinguir entre una situación dramática pero superable, de una situación trágica que imponga cargas heroicas frente a los sufrimientos que comprometan gravemente la posibilidad de existir en dignidad”, ordenó la Corte a los magistrados que tienen que ver con este tipo de casos.
El caso que motivó la decisión se refiere un adulto mayor de 91 años que tras caer en cama después de un accidente, tuvo una profunda depresión. 
Los hijos del hombre, ante la decisión extrema de su padre se dieron a la tarea de ayudarle a superar su drama.
Pese a los cariños y cuidados de sus seres queridos, don Reinaldo murió. Sin embargo, su expediente sí llegó a la Corte Constitucional.
Desde que se autorizó bajo ciertas condiciones, 28 personas han recibido la eutanasia en el país, según los datos del Ministerio de Salud. Aunque muchas personas solicitan el procedimiento, no todos reúnen los requisitos.
Conozca sobre el caso de José Ovidio González, que sentó un precedente frente a la eutanasia en Colombia:
Eutanasia: José Ovidio González se fue antes de que el cáncer lo...  

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