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¿Fin a las audiencias virtuales en Colombia? Expertos debaten los pros y contras al respecto

A raíz de la decisión de imponer la presencialidad como algo obligatorio en las audiencias de juicio oral en lo penal, especialistas en el tema analizan las ventajas y desventajas de la medida.

Audiencias virtuales en Colombia

La sala plena de la Corte Constitucional determinó la presencialidad obligatoria en las audiencias de juicio oral en el ámbito penal. La decisión ha causado opiniones a favor y en contra de la medida, especialmente en la comunidad jurídica.

En entrevista con Caracol Ahora, el abogado penalista Felipe Caballero y el casacionista Jairo Herrera debatieron los puntos a favor y en contra de la medida.

Herrera celebró la medida, aunque están a la espera del fallo. Explicó que “la Corte Constitucional ha dejado permanente las audiencias virtuales para todas las audiencias preliminares, incluida la audiencia de acusación y preparatoria”.

Especificó que estos juicios tienen dos excepciones, las cuales abarcan motivos de fuerza mayor comprobada y cuando se trate de alguna persona que no se encuentre en el país.

“Para los que trabajamos el campo penal es absolutamente claro la suma de dificultades que presenta la propia técnica que se conoce como los interrogatorios cruzados, eso es una dinámica que requiere de la presencialidad”, expresó el abogado Herrera.

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Para él, la garantía de los derechos humanos debe ir por encima de una discusión enfrascada en “cómo me acomodo mejor yo, si a una justicia presencial o virtual”.

Por su parte, Caballero considera que la imposición de la presencialidad es un retroceso a los avances que tuvieron que hacerse con base en la coyuntura generada por la pandemia, la cual, a pesar de tener a todos en casa, no cesó los procesos en el campo legal.

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“Me parece un poco absurdo retroceder a esa justicia paquidérmica, a esa justicia que se quedó en la historia, porque claramente la virtualidad favorece”, declaró, expresando que incluso antes de la virtualidad muchos de los juicios fracasaban por diversos motivos, entre ellos, porque no llegaban los testigos por falta de remisión del Inpec.

Además, señala que esto es subestimar “la capacidad que tiene un funcionario judicial para tomar una determinación de si la audiencia debe ser presencial o virtual”, argumentando que la medida debería ser a consideración de los jueces, no algo obligatorio.

Desde su experiencia, en su propia oficina ha podido asistir entre 200 y 300 audiencias de manera virtual, declarando que pocas veces han presentado inconvenientes y que incluso en muchas ocasiones ha sido más complicado hacerlo desde los recintos seleccionados, pues en muchos hay espacios incómodos.

Así mismo, plantea que es un beneficio no solo para los funcionarios legales, sino también para las personas, que no se verían tan afectadas por los vencimientos en los tiempos y podrían ahorrar dinero en desplazamientos, puesto que “los gastos para el ciudadano son sumamente superiores con la presencialidad y no podemos también generarle más cargos a quien quiere acceder al sistema de justicia”.

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