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Iglesias no podrán ser embargadas si han firmado convenios con el Estado: Corte Constitucional

Iglesias no podrán ser embargadas si han firmado convenios con el Estado: Corte Constitucional

Esto aplica para cualquier credo, pero el tribunal hizo claridad en el sentido de que debe existir un concordato, tratado o acuerdo.
"La corte deja la norma en el ordenamiento jurídico, pero le pide al Ministerio del Interior, le exige a través de un condicionamiento, aplicar la igualdad entre las Iglesias", señaló Gloria Stella Ortiz, presidenta de la Corte Constitucional.
La decisión del alto tribunal obedece a una demanda que argumentaba que se estaba violando el derecho a la igualdad.
"En este momento, según información recaudada por la corte, hay más de 6 mil iglesias reconocidas con personería jurídica en Colombia, pero solamente 13 de ellas tienen convenios o acuerdos con el Gobierno para proteger los bienes dedicados al culto", expresó la magistrada.

Los bienes inembargables son aquellos amparados por el convenio que suscribe el Estado con cada Iglesia.
Así lo explica la presidenta de la Corte Constitucional: "Bienes inmuebles como la iglesia, como el templo, seguramente eso depende de la Iglesia y del culto reconocido por el Estado colombiano".
La decisión de la corte sobre la exequibilidad de la norma que establece como inembargables los bienes destinados al culto religioso, también señala que el requisito es que la Iglesia haya suscrito concordato, tratado de derecho internacional o convenio de derecho público con el Estado colombiano.

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