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Ordenan incluir la labor de partera en el registro de profesionales de la salud

La determinación la dictó un juez luego de que una mujer extranjera demandara al Ministerio de Salud por haberle negado la inscripción.
El juzgado segundo administrativo de Bogotá fue el encargado de darle la razón a una ciudadana francesa, quien se graduó de una institución educativa belga como partera, título que le convalidó el Ministerio de Educación, pero que el Ministerio de Salud no le permitió la inscripción en el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (Rethus).
Minsalud señaló, por su parte, “que no existe ley, ni programa de educación superior que avalen la partería como una profesión, por lo que no es posible concebirla dentro de los servicios de salud”.
La Procuraduría, en defensa de la demandante, aseguró que “las matronas (como se les conoce), como agentes de salud, tienen acceso a regiones apartadas, donde las instituciones prestadoras de salud no lo tienen”.
Según la decisión del juez, en el Registro Único de Talento Humano en Salud no se excluye ninguna profesión u oficio, sino se establecen las normas que las regulan como la certificación de estudio.

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