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Polémica por decreto que ordena que tutelas contra el presidente vayan solo al Consejo de Estado

Expertos constitucionalistas no ven con buenos ojos el cambio. Estas son las razones a favor y en contra.

Ivan Duque

El decreto que modifica el reparto de tutelas generó este miércoles una fuerte polémica. El mayor punto de discordia es el hecho de que el presidente ordene que solo sea el Consejo de Estado el que revise las tutelas en su contra.

El ministro de Justicia, Wilson Ruiz, explicó así el cambio más polémico del decreto.

“En procura de preservar la seguridad nacional, las acciones de tutela dirigidas contra las actuaciones del presidente de la República, así como las políticas, programas o estrategias del Gobierno Nacional, autoridades, organismos, consejos o entidades públicas relacionadas con la erradicación de cultivos ilícitos serán repartidas para su conocimiento en primera instancia al Consejo de Estado”, indicó Ruiz.

Para el ministro, esta reorganización que opera desde este 6 de abril no recorta los derechos de las personas. Sin embargo, expertos constitucionalistas no ven con buenos ojos el cambio.

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“Es imprudente que el presidente de la República, haciendo uso de sus facultades reglamentarias que le determina el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución, entre a hacer reformas que atañen directamente a sus actividades, máxime cuando puede generar las suspicacias de que una vez más quieren salirse del control de algún otro órgano de la rama judicial”, manifestó Nilson Pinilla, exmagistrado de la Corte Constitucional.

“Lo preocupante es que el presidente de la República sea él que escoja su propio juez”, expresó Kennett Burbano, director del Observatorio Constitucional de la Universidad Libre.

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Pero no todos lo ven así, desde la Corporación Excelencia en la Justicia consideran que el cambio genera una garantía.

“Es una alta corporación judicial especializada, que puede generar mayor profundidad en su análisis frente a cualquier tipo de decisión gubernamental”, indicó Hernando Herrera, presidente de la corporación.

En caso de una demanda contra el decreto, sería el Consejo de Estado el encargado de conocerla

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