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¿Pueden las personas naturales tener dos contratos de prestación de servicios con el Estado?

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente una directiva presidencial que limitaba la suscripción de contratos de prestación de servicios, al considerar que el jefe de Estado se extralimitó.

¿Puede una persona tener dos contratos de prestación de servicios con el Estado?

El Consejo de Estado suspendió la directiva presidencial 08 de 2022, que limitaba la suscripción de contratos de prestación de servicios con personas naturales que ya tienen otros contratos con el Estado.

El alto tribunal señala que el presidente se extralimitó con esta directiva. Los demandantes y expertos plantean que, en este caso, unos son los contratistas y otros los funcionarios públicos.

El presidente de la República confunde la condición de servidor público con la condición de contratista, pues efectivamente la Constitución prevé la limitación de que un servidor público tenga más de una relación laboral con el Estado, pero no existe una limitación para que un contratista tenga más de un contrato de prestación de servicios con uno o más entidades territoriales y del orden nacional”, indicó Joel David Gaona, demandante de la directiva.

“Analizan y determinan que el presidente de la República desborda funciones por parte de ellos de crear normas y desarrollar parámetros”, añadió Javier Almanza, experto en asuntos laborales de la Universidad del Rosario.

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Los expertos también explican cuál es la consecuencia de esta determinación provisional para los contratistas de Colombia.

“Las entidades públicas no podrán aplicar esa restricción y, por el contrario, estarán facultadas para contratar por prestación de servicios con personas naturales, aunque ya tengan un contrato con otras entidades del orden nacional o territorial”, explicó Gaona.

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Los demandantes explican a qué aspiran con el fallo de fondo que deberá emitir el Consejo de Estado.

“Con la presente demanda pretendemos que el Consejo de Estado declare la nulidad de esa limitación, pues, como ya lo dijo esa corporación, el presidente se extralimitó en sus funciones y usurpó las del Congreso de la República, que es el único que está facultado para establecer tal limitación”, agregó el demandante.

El Consejo de Estado estudiará las pruebas que presenten los demandantes y el Gobierno para fallar de fondo en este caso.

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