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¿Se le acabó el amor? No es suficiente para divorciarse, sostuvo la Corte Constitucional

Frente a dos demandas que pedían un divorcio “sin causales”, el alto tribunal mantuvo las nueve causales establecidas en la ley.

Las demandas sostenían que debería permitirse en Colombia el proceso tan solo con la solicitud de una de las partes.

Para los expertos, lo que hizo la Corte Constitucional, fue reafirmar las nueve causales de divorcio establecidas en la ley entre las que figuran: las relaciones sexuales extramatrimoniales, incumplimiento de los deberes, maltrato, embriaguez habitual, uso habitual de drogas, enfermedades graves o incurables y conductas corruptas o pervertidas, entre otras.

Así explicó la decisión del alto tribunal, el abogado Mauricio Rodríguez: "Si se me acaba el amor, sí me puedo divorciar pero tengo que esperar que pasen dos años y me tengo que separar de mi pareja: Pero si se me acabó el amor hoy y me quiero separar hoy y quiero lograr el divorcio hoy no puedo hacerlo, tendré que esperar a que pase el tiempo"

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Una forma de llevar a cabo el divorcio de manera inmediata es que haya un acuerdo mutuo entre la pareja.

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