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El suicidio médicamente asistido en Colombia es legal: Corte Constitucional

La histórica decisión hace parte de uno de los procedimientos para acceder a la muerte digna en el país.

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La Corte Constitucional despenalizó este miércoles, 11 de mayo, el suicidio médicamente asistido sobre el que aplicaba una pena de 16 a 36 meses de cárcel.

Esta histórica decisión hace parte de uno de los procedimientos para acceder a la muerte digna en Colombia.

El suicidio médicamente asistido queda avalado bajo los mismos requisitos en los que está permitida la eutanasia. Se puede solicitar cuando el paciente esté debidamente diagnosticado, padezca intensos dolores físicos, haya el debido consentimiento y se realice con la asistencia de un médico.

Con una votación de 6 contra 3, la Sala Plena sacó del Código Penal la prohibición a los médicos de asistir a personas cuyo deseo es morir.

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En julio de 2021, la Corte Constitucional había emitido una decisión judicial en la que ampliaba los casos en los que se puede solicitar la eutanasia o muerte asistida -legal en el país desde 1997- para enfermedades no terminales.

El derecho fundamental a morir dignamente de forma asistida médicamente a enfermos no terminales quedó permitido "siempre que el paciente padezca un intenso sufrimiento físico o psíquico, proveniente de lesión corporal o enfermedad grave e incurable".

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