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Tumban norma que prohibía uso de bigote a policías

La norma había sido expedida por el director la Policía en 1997, Rosso José Serrano, y autorizaba el uso del bigote solo a los oficiales desde el grado de capitán, los suboficiales y personal del nivel ejecutivo a partir de sargento segundo o intendente respectivamente (Resolución 2495 del 25 de agosto de 1997).

 

La sección primera, con ponencia de la magistrada María Claudia Rojas Lasso, consideró que dicha disposición viola el derecho de igualdad de los miembros de la Policía Nacional, ya que "arbitrariamente impide a unos miembros de la institución usar bigote".

 

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La sala explicó que aunque las personas que ingresan a la Policía Nacional lo hacen de manera libre y autónoma, y se someten a los reglamentos propios de la institución, los cuales son públicos y ponen de manifiesto estrictas normas de presentación personal para disciplinar a sus miembros, "dichos reglamentos no pueden vulnerar derechos fundamentales como la igualdad".

 

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“Las personas son iguales ante la ley y deben recibir el mismo trato por parte de las autoridades, aunque en ocasiones es posible que reciban un trato desigual, siempre que éste no esté fundado en la arbitrariedad, o esté justificado objetiva y suficientemente en el cumplimiento o desarrollo de un principio, valor o fin constitucional”, señala la sentencia.

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