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Venta de Isagen fue suspendida temporalmente

La sección primera del organismo acogió la ponencia de la magistrada María Claudia Rojas que pedía un análisis sobre la conveniencia de esta transacción.

A finales del 2013, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca determinó que las acciones sí se podían vender porque no afectaban los intereses colectivos ni generaban detrimento al patrimonio público.

El expresidente Álvaro Uribe había demandado la posible venta por considerar que se estaría vulnerando el acceso a los servicios públicos de los colombianos, entre otras consideraciones.

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No obstante, en el Gobierno Uribe se decidió "ceder la venta de acciones de Isagen a la próxima administración", dijo el entonces ministro de Hacienda y ahora candidato presidencial, Óscar Iván Zuluaga.

Este es el comunicado emitido por el Consejo de Estado al respecto:

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SUSPENDEN DECRETO QUE AUTORIZÓ LA VENTA DE ACCIONES PÚBLICAS DE ISAGÉN

Bogotá, marzo 28 de 2014. El Consejo de Estado suspendió, de manera provisional, el Decreto que autoriza la venta de las acciones de la Nación en Isagén (Decreto 1609 de 2013).

La providencia señala que se accede a la medida cautelar de urgencia, debido a que se cumplen los requisitos señalados en el nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por cuanto resultaría más gravoso para el interés público negar la medida cautelar que concederla, debido a los efectos patrimoniales implícitos en el proceso de enajenación de la propiedad accionaria que la Nación -Ministerio de Hacienda posee en Isagen S.A. E.S.P.

"De no decretarse la medida cautelar, los efectos de una eventual sentencia estimatoria de las pretensiones se harían nugatorios, pues para cuando se profiera la sentencia que corresponda en derecho, la venta de la propiedad accionaria estatal estaría inexorablemente consumada".

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Se fundamenta la suspensión en que Isagen S.A. E.S.P. es la tercera generadora de energía eléctrica en importancia del país, presenta superávit y eficiencia financiera, y constituye un importante activo que genera dividendos significativos para la Nación. "Particularmente ilustrativos, al efecto, son los resultados sobre las utilidades en el año 2013 y sobre el cumplimiento del Pan de Expansión para el año 2014", señala la providencia.

Según el demandante, la medida es contraria a la normativa constitucional y legal, debido a que no se incluyó dentro del Plan Anual de Desarrollo ni dentro del Plan Operativo a Mediano Plazo, ni se pidió autorización al Congreso de la República para autorizar la venta.

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