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Fiscalía no podrá tener en cuenta antecedentes judiciales para solicitar medida de aseguramiento

Fiscalía no podrá tener en cuenta antecedentes judiciales para solicitar medida de aseguramiento

Corte Constitucional considera que la medida desconoce que las personas pueden cambiar.
La polémica entre ese tribunal y el ente investigador surge por un artículo aprobado en 2017 por el Congreso y que señalaba que cuando una persona detenida o acusada por un delito tenía antecedentes en los tres años anteriores, representaba un peligro para la sociedad.
La figura fue usada por la Fiscalía para sustentar, ante jueces y magistrados, solicitudes de medidas de aseguramiento preventiva por reincidencia.
“Estamos mirando todos aquellos casos que hemos venido adelantando qué decisiones se van a tomar. La preocupación radica en que las solicitudes que van a presentar los abogados”, señala Claudia Carrasquilla, delegada para la seguridad ciudadana.
Pero al revisar una demanda contra esa figura, la Corte Constitucional consideró que la medida desconoce que las personas pueden cambiar.
Es decir, que decidir si alguien es enviado o no a prisión preventiva, no debe depender de su pasado judicial.
Actualmente en las cárceles hay 23.750 reincidentes de los cuales 1.752 son mujeres y 21.818 hombres. El delito con más reincidencia es el hurto, con 12.655 casos.
Ante este panorama, la Fiscalía teme que se podrían disparar los índices de repetición del delito.
Después del hurto, la fabricación, tráfico y porte de armas de fuego, son el tráfico, fabricación o porte de estupefacientes los delitos que más índice de reincidencia registran.

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