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Matrimonios no pueden divorciarse si solo una de las partes lo quiere, reitera Corte Constitucional

Matrimonios no pueden divorciarse si solo una de las partes lo quiere, reitera Corte Constitucional

Recalcó que únicamente es válida la separación si existe mutuo acuerdo entre ambos miembros de la pareja o con la intervención de un juez.
La decisión la tomó el alto tribunal al desestimar una demanda que, bajo el argumento del libre desarrollo de la personalidad, pretendía que el divorcio pudiera darse solo con la decisión unilateral de una de las partes.
“Así como hubo un convenio o un acuerdo para contratar y realizar un matrimonio, también debe haber lo mínimo, decir ‘nos separamos, esto no funciona’”, afirma Diego Rojas, notario 37 de Bogotá.
Con esta premisa se mantienen las condiciones actuales, que estipulan que cuando uno de los cónyuges quiera separarse legalmente y no hay común acuerdo, debe ser un juez el que defina cuál de los dos es el culpable y si la solicitud se enmarca en una de las nueve causales válidas para divorciarse.

Estas son las nueve causales de divorcio en Colombia:

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