Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Push Noticias Caracol
Reciba nuestras notificaciones con lo último de:
Ahora no
Activar

Publicidad

¿Por qué Corte Suprema no envió caso de Álvaro García a la JEP y el de Maza Márquez sí?

A los ya condenados solo la corte les puede revisar los expedientes, argumento que sí aplicó al exgobernador y no al exdirector del DAS.

La excarcelación que ofrece la Jurisdicción Especial de Paz a cambio de verdad, justicia, reparación y no repetición se ha vuelto un atractivo para políticos detenidos en las cárceles.

Uno de los que busca este beneficio es el excongresista Álvaro García, condenado por la masacre de Macayepo. Pero la Corte Suprema de Justicia le dijo que no podría acogerse a la JEP bajo el argumento de que a los ya condenados solo la misma corte les puede revisar los casos.

El otro interesado en llegar a la JEP es Miguel Maza Márquez, ex director del DAS. Este caso sí fue enviado a la jurisdicción de paz, a pesar de que ya había condena por la muerte del candidato presidencial Luis Carlos Galán.

Publicidad

Para expertos como Ariel Ávila, hay posiciones encontradas: “es una contradicción que pasa dentro de la propia Corte Suprema. Ellos van a tener que sentar jurisprudencia y aclararlo”.

Juan Manuel Galán, hijo del desaparecido político, rechaza que el caso de Maza Márquez vaya a la JEP bajo el mismo argumento: “la Corte Suprema es la única competente para revisar sus sentencias”.

Publicidad

General Miguel Maza, condenado por asesinato de Galán, pidió ser cobijado con beneficios de la JEP Algunos magistrados de la corte se han mostrado contrarios a que el expediente de Maza Márquez sea enviado a la JEP, mientras que en esa jurisdicción dicen que todos los casos están en estudio y no se refirieron a la decisión de la Corte Suprema.

 

  • Publicidad