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Con más de $9.200 millones multan a empresas móviles por incumplir norma de cláusulas de permanencia

Superindustria señaló que Claro, Tigo y Movistar ofrecían cuotas gratis en venta de equipos siempre y cuando clientes acataran condiciones en planes adquiridos.
La entidad ordenó suspender estas promociones y les dio cinco días hábiles a las empresas para pagar la multa.
En el caso de Tigo, la Superintendencia de Industria y Comercio tuvo en cuenta para atenuar la multa que la empresa “cesó la conducta ilegal tan pronto le fue notificada la sanción de primera instancia. En el caso de Claro y Movistar, la conducta siguió ejecutándose hasta la actualidad cuando se profirió la decisión de segunda instancia”, contra la que, se recalca, no procede recurso alguno.
Según el fallo, los operadores amarraban el beneficio de obtener entre 6 y 12 cuotas gratis en el valor de la venta del equipo celular a la suscripción bajo condiciones de planes de telefonía móvil, que en ciertos eventos darían lugar a la pérdida de los beneficios (cuotas gratis).
La norma de prohibición de las cláusulas de permanencia se encuentra establecida desde el primero de julio de 2014.

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