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Trabajar hasta 12 horas diarias y descansar tres días: nuevas reglas laborales por COVID-19

Podrá haber ajustes en horarios, pago de primas y horas extras. Se establecerán de mutuo acuerdo entre empleador y trabajador y serán temporales, aclaró el Gobierno. Vea los detalles.

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Estos son los puntos básicos de las nuevas normas que regirán en materia laboral:

JORNADAS LABORALES

Empleador y empleado acordarán nuevos turnos de trabajo que pueden pasar de 6 a 8 horas diarias durante las 24 horas del día, pero sin exceder las 36 que establece la ley y sin pago de recargos.

También pueden pactar que la jornada normal de 48 horas semanales pase a ser de hasta 12 horas diarias, permitiendo que el subalterno trabaje cuatro días y descanse tres.

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HORAS EXTRAS

Los recargos nocturnos, dominicales y festivos que se generen se deben pagar. Sin embargo, si el empleador no tiene cómo responder debido a la crisis económica del COVID-19, podrá cancelarla después, pero con una fecha límite.

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“Parágrafo 1. El pago podrá diferirse de mutuo acuerdo entre el trabajador y el empleador, en todo caso, máximo hasta el 20 de diciembre de 2020”.

PRIMA DE MITAD DE AÑO

De común acuerdo con el trabajador, la prima de junio se puede pagar en tres cuotas durante el segundo semestre y hasta máximo el 20 de diciembre.

Además, se fijó el subsidio de 220 mil pesos como ayuda a las empresas para que puedan liquidarla.

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Quienes quieran acceder a este deben cumplir los mismos requisitos que con el auxilio a la nómina: tener más de tres empleados, registro mercantil y que su facturación haya tenido una reducción del 20% en su facturación.

Esto aplica para trabajadores que devenguen entre un salario mínimo y un millón de pesos, incluso si el trabajador fue suspendido pero el empleador le siguió pagando sus prestaciones de ley.

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AUXILIOS

Se crea el programa de auxilio para los trabajadores a quienes les haya sido suspendido su contrato o estén en licencia no remunerada durante los meses de abril, mayo y junio, que podrán recibir hasta tres giros.

“Artículo 21. esta transferencia no condicionada será por un valor mensual de ciento sesenta mil pesos ($160.000) moneda corriente, que se canalizará directamente, de ser el caso, a través de los productos de depósito que tenga cada beneficiario”.

Se mantiene el mecanismo de protección al cesante de dos salarios mínimos pagados en tres meses y el pago de la seguridad social por tres meses a través de las cajas de compensación familiar.

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Para la protección al cesante se han presentado 713.010 personas, pero solo se han aprobado las solicitudes de 197.000.

“Todos estos acuerdos son producto de la pandemia, o sea, es temporal. Esto tiene que volver al contrato original, eso es muy importante, eso hay que aclararlo, porque si no aquí terminan cambiando las condiciones”, subrayó Ángel Custodio Cabrera, ministro de Trabajo.

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