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Aprueban cambiar sistema electoral binominal de Chile

Con 75 votos a favor y 31, en una votación calificada "como histórica por la oposición", los legisladores aprobaron la reforma que hace un mes había sido despachada por el Senado.
El sistema binominal, llamado así porque cada distrito o circunscripción tiene dos representantes, establece que para que salgan elegidos los dos por una misma lista electoral se necesita obtener más del 66 % de los votos.
Para elegir solo a uno basta con un 33 %.
Bajo esta fórmula, desde la recuperación de la democracia la derecha ha controlado la mitad del Congreso con poco más de un tercio de los votos, lo que ha entorpecido la eliminación de las trabas legadas por la dictadura al aparato institucional de Chile.
Entre esas secuelas están los senadores designados y vitalicios, la composición del Tribunal Constitucional y la inamovilidad de los jefes militares, cuya eliminación tardó décadas en aprobarse y se hizo a cambio de exigencias de diverso tipo por parte de la derecha.
La reforma aprobada modifica el artículo 47 de la Constitución.
En su lugar se propone modificar la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios respecto el número de senadores y diputados, las circunscripciones y distritos existentes, y el sistema electoral vigente.
La aprobación de la reforma fue posible gracias a un acuerdo político alcanzado entre los diputados de la oposición y de Renovación Nacional, partido de Gobierno al que pertenece el presidente Sebastián Piñera.
Dicho acuerdo permitirá modificar el sistema electoral binominal vigente en el país desde el retorno de la democracia hace 23 años, al abrir la puerta a la modificación del número de parlamentarios y la consiguiente redistribución de distritos.
Lo que resta ahora es materializar una ley orgánica sobre la integración del parlamento, para lo cual hay varias propuestas entre ellas una que busca elevar de 120 a 134 la cantidad de diputados y de 38 a 44 los senadores, y limitar las reelecciones.
El proyecto volverá ahora a la comisión de Constitución para un segundo informe tras la presentación de indicaciones, las cuales en todo caso no modifican el contenido del proyecto.

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