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Iba a 220 km/h, policías lo cazaron más de una hora después y un detalle lo salvó de la multa

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Pese a que confesó a uniformados su falta, se salvó además de perder el pase. El juez del caso tuvo que absolverlo pese a que no había duda de su culpabilidad.
El conductor, identificado como Alfredo, Iba 108 km/h por encima del límite establecido en la vía A-62 en Burgos, España. Aunque les confesó su falta a las autoridades, debido a que estos no le leyeron sus derechos antes de la acción, fue liberado de toda sanción por un juzgado.
El hombre que iba a bordo de un Volkswagen golf que fue captado por un radar de velocidad cuando iba a 228 km/h, cuando el límite en España es de “apenas” 120 km/h.
Gracias a que la Policía estaba cuidando una carrera ciclística, el arriesgado conductor no fue detenido inmediatamente. La acción policial solo se pudo realizar 70 minutos después y a 40 km de distancia del lugar en el que se registró la infracción.
Al darle la parada, lo primero que hicieron las autoridades fue preguntarle a Alfredo si sabía la razón por la que lo detenían. El cazado infractor no tuvo problema en reconocer que era porque había pasado a gran velocidad por un punto de control. En la conversación con los oficiales también confesó que él manejó en todo el momento el automóvil en el que iba con su esposa e incluso les preguntó a los policías que sanción le acarreaba la falta que había cometido.
Con la confesión de la propia boca de Alfredo, las autoridades lo capturaron y le informaron sus derechos, ya que según el código de tráfico español dicha falta es un delito contra la seguridad.
En un juicio de primera instancia, el piloto fue encontrado culpable, por lo que lo condenaron a pagar una multa de 1.620 euros y le suspendieron el pase de conducción por dos años. Ante el fallo adverso, Alfredo apeló.
En la segunda visita al tribunal, el conductor negó ser quien manejaba el automóvil cuando pasaron por el radar de velocidad. Para ello, presentó una confesión firmada por su esposa en la que ella aseguraba que la pareja se había turnado en la conducción del auto, por lo que no se podía determinar cuál de los dos era el infractor. Además, se escudó en que la cámara de velocidad no captó el rostro de quién manejaba en ese momento.
El tribunal de apelación determinó que no había mayor prueba de la culpabilidad de Alfredo que su propia confesión a la policía. Como esta se hizo antes de que las autoridades le leyeran los derechos, no tenía ninguna validez.
Además, el juez concluyó que estaba convencido de que el hombre era el infractor, pero que la Policía al exigirle que contestara las preguntas estaba atentando contra el principio constitucional de la presunción de inocencia del detenido.

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