Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Push Noticias Caracol
Reciba nuestras notificaciones con lo último de:
Ahora no
Activar

Publicidad

Corte Suprema ordena suspender uso de escopetas calibre 12 por parte del Esmad

El alto tribunal instó al Ministerio de Defensa a disculparse por los excesos registrados desde la movilización de noviembre de 2019.

Thumbnail

La Corte Suprema de Justicia acaba de emitir una sentencia en la que ordena al “al presidente de la República, y a todas las demás autoridades involucradas en el manejo de las movilizaciones sociales, adoptar acciones para garantizar el ejercicio del derecho a la protesta pacífica y no destructiva”.

Una de las decisiones del alto tribunal tiene que ver con la orden de suspender el uso de las escopetas calibre 12 por parte de los Escuadrones Móviles Antidisturbios de la Policía Nacional (Esmad), el mismo calibre que acabó con la vida deDilan Cruzen la avenida 19 con carrera 5, en el centro de Bogotá, en medio de las protestas del 21N.

Según la Corte, en la sentencia de la Sala de Casación Civil, las medidas ordenadas se adoptaron luego de “evidenciar una problemática nacional de intervención sistemática, violenta, arbitraria y desproporcionada de la fuerza pública en las manifestaciones ciudadanas”, expuestas en una demanda interpuesta por un grupo de 49 personas.

La decisión de la Corte ordena proteger los derechos fundamentales a la expresión, reunión y libertad de prensa de estas personas, la implementación de un protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores que se denominará “Estatuto de reacción, uso y verificación de la fuerza legítima del Estado, y protección del derecho a la protesta pacífica ciudadana”.

Publicidad

“La Corte señala explícitamente que la protesta intolerante y violenta, no pacífica, que aboga por el discurso y la apología al odio, a la hostilidad, que patrocina la propaganda a favor de la guerra, que propende por el odio nacional, racial, religioso, y por la discriminación, o que incite a la pornografía infantil, al delito o al genocidio, no están protegidas por la Constitución Nacional”, dice la sentencia.

En el estudio de la demanda, la Corte aplicó “un test de sistematicidad a diversos episodios registrados en las principales ciudades del país y denunciados en la acción de tutela”, hechos en los que “encuentra elementos comunes de equivocado uso de la fuerza para controlar las movilizaciones”.

Publicidad

En el documento también hizo 10 cuestionamientos fuertes a la labor de la Policía en las manifestaciones, entre ellas están la “desatención a las obligaciones convencionales del Estado respecto de los derechos humanos, ausencia de vigilancia y control de las actuaciones de las autoridades demandadas, en relación al derecho de reunión y el vacío que supone como institución del Esmad que no es capaz de garantizar el orden sin violar las libertades y los derechos de los ciudadanos a disentir, pues tampoco hace un uso adecuado de las armas de dotación asignadas”.

Al conocer la noticia, la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, se pronunció a través de Twitter: "Qué importante esta decisión de la Corte. Increíble que el gobierno no lo haya hecho por voluntad, sino que tenga que obligarlo la Corte. Los excesos no tienen excusa, debe pedirse perdón y hacer la reforma. Por no haber hecho eso, del año pasado a este empeoró el abuso policial".

  • Publicidad