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El Esmad no incurre en excesos: Gobierno tras fallo de la Corte Suprema sobre protesta social

Dijo que pedirán a la Corte Constitucional revisar la sentencia que prohíbe el uso de las escopetas calibre 12 y ordena proteger la manifestación pacífica.

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Carlos Holmes Trujillo anunció que el Gobierno Nacional le pedirá a la Corte Constitucional que revise el fallo emitido por la Corte Suprema de Justicia en el que se prohíbe el uso de las escopetas calibre 12 por parte del Esmad -una de las cuales mató a Dilan Cruz-, se ordena proteger la protesta pacífica y se exige al Estado pedir disculpas por los excesos de la fuerza pública.

El ministro de Defensa se pronunció por medio de un comunicado en el que, en 10 puntos, defiende la labor del Esmad y asegura que es un escuadrón profesional que continuamente actualiza y mejora sus protocolos de actuación.

Además, que las actuaciones de integrantes de la fuerza pública en el marco de la protesta que violan la ley son individualizadas y sancionadas por las autoridades competentes, algo que había cuestionado la Corte Suprema en el fallo del martes.

“La fuerza pública, en particular el Esmad, no incurre en excesos, y en los casos a partir del 21 de noviembre de 2019 en los que pudo existir exceso de la fuerza pública, corresponden a actuaciones individuales”, dice el escrito.

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Vea el comunicado completo:

DECLARACION DEL GOBIERNO NACIONAL

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1. La manifestación o protesta pública y pacífica de los ciudadanos está garantizada por la Constitución Política y esta se cumple dentro de la política de convivencia y seguridad ciudadana.

2. La fuerza pública vela por garantizar la vida, los derechos y libertades, la integridad personal, bienes y honra de todos los residentes en Colombia.

3. La fuerza pública cuenta con protocolos ajustados a los estándares internacionales sobre los Derechos Humanos, para proteger la vida, derechos y libertades, la integridad, bienes y honra de los residentes en Colombia. Estos incluyen los derechos de las personas que participan en las manifestaciones públicas y pacíficas, así como los de quienes no lo hacen.

4. La actuación del ESMAD se produce exclusivamente ante las acciones violentas e irracionales que constituyen delito, atentan contra los derechos de las personas y no son manifestaciones pacíficas.

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5. En el mundo, la mayoría de los países cuentan con escuadrones de la fuerza pública para controlar los disturbios y 105 países, entre ellos Colombia, tienen grupos o escuadrones profesionales como el ESMAD, que continuamente actualizan y mejoran sus protocolos de actuación.

6. Las actuaciones de integrantes de la fuerza pública que en el marco de la protesta violen la ley, son individualizadas y sancionadas por las autoridades competentes y sobre ellos debe caer todo el peso de la ley.

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7. El Gobierno Nacional continúa con el proceso de modernización y transformación de la Policía Nacional establecida en la política de convivencia y seguridad ciudadana.

8. El Gobierno Nacional seguirá enfrentando al vandalismo y todas las formas de violencia y terrorismo, como es su obligación constitucional.

9. El Gobierno Nacional solicitará respetuosamente a la Corte Constitucional la selección para la revisión del fallo proferido por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia el 22 de septiembre de 2020.

En atención al numeral 4 de la parte resolutiva de la sentencia de tutela proferida el 22 de septiembre de 2020, por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, me permito informar:

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Que la fuerza pública, en particular el ESMAD, no incurren en excesos, y en los casos a partir del 21 de noviembre de 2019 en los que pudo existir exceso de la fuerza pública, corresponden a actuaciones individuales de algunos de sus integrantes, por inobservancia de la Constitución, la Ley, los reglamentos y protocolos.

Esos comportamientos individuales de algunos de sus integrantes, por inobservancia de la Constitución, la Ley, los reglamentos y protocolos, actualmente son objeto de investigaciones penales y disciplinarias por las autoridades competentes, quienes serán las llamadas a establecer, o no, la responsabilidad individual.

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