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Fracasa otro intento para votar objeciones a la JEP en el Senado

Luego de que votaran una proposición para que se sufragara artículo por artículo, que quedó 47 por el sí y 34 por el no, algunos senadores se retiraron.

Una vez se hizo la votación volvió a empantanarse el debate pues varios congresistas argumentaron que 47 votos por el sí no eran suficientes. Según ellos, la mayoría para este caso concreto era 48. Sin embargo, otros congresistas defendieron el resultado.

Ante esto, el presidente del Senado, Ernesto Macías, convocó sesión para el Día del Trabajo.

A diferencia de ocurrido en la Cámara, donde los representantes votaron en bloque, el gobierno pidió que en el Senado se discuta y se vote una por una.

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El pasado 8 de abril la Cámara de Representantes rechazó las objeciones que el presidente Duque hizo a 6 de los 159 artículos que componen la Ley Estatutaria de la JEP.

Luego de un debate de más de cuatro horas, 110 congresistas votaron a favor de un informe que proponía rechazar las objeciones, mientras que 44 lo hicieron a favor de la propuesta del Gobierno.

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El pasado 10 de marzo Duque devolvió al Congreso la Ley Estatutaria de la JEP por considerar que seis de sus artículos no garantizan la aplicación de los principios de verdad, justicia, reparación y no repetición que forman parte del acuerdo de paz firmado con las FARC en noviembre de 2016. La regresó para introducirle unas modificaciones que buscan definir la obligación de los victimarios de reparar integralmente a las víctimas del conflicto armado y aclarar las competencias de la justicia ordinaria inclusive en los casos de extradición.

Igualmente, pretende garantizar la acción penal frente a los crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra "en relación con quienes no son máximos responsables" para que no haya impunidad; la exclusión "de los delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes" de la justicia transicional y la pérdida de beneficios de "quien reincida en las actividades criminales".

Esto ocurrió luego de que la ley fuera aprobada por el Congreso y recibiera el visto bueno de la Corte Constitucional, con lo cual el único trámite que le faltaba era la sanción presidencial.

La JEP es la componente de justicia del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición creado por el acuerdo de paz.

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Su principal función es administrar justicia transicional y conocer de los delitos cometidos en el marco del conflicto armado que se hubieran cometido antes del 1 de diciembre de 2016.

Vea, además:

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Presidente sancionará ley estatutaria de JEP si objeciones son derrotadas: alto consejero de DD. HH.

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