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Hundido mico que permitía al presidente reactivar órdenes de captura a exguerrilleros de las FARC

La iniciativa había sido incluida por debajo de cuerda por el representante de Centro Democrático Álvaro Prada.

Luego de que un acalorado debate por la inclusión de un mico en la prorroga a la ley de orden público impidiera el cierre de la jornada del pasado martes en la Cámara, este miércoles, el artículo de la discordia se hundió por la acción de la oposición.

De acuerdo a la bancada contraria al gobierno Duque, la iniciativa sepultaba lo acordado en la Habana ya que le daba potestad al presidente de pedir la reactivación de órdenes de captura contra exguerrilleros que se habían acogido a la JEP.  

Ya que la sesión de este martes había sido suspendida por la ruptura abrupta del quórum, los partidos de oposición, con el apoyo del Partido Liberal y de congresistas de Cambio Radical.  aprovecharon su reanudación para aprobar la prorroga a la ley de orden público, pero excluyendo el mico introducido por Álvaro Prada, ponente del proyecto.

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Vale señalar que el representante Prada había asegurado ante la Cámara que su proposición era la “única forma” de que el país pudiera confiar en los acuerdos de la Habana.

Sin embargo, varios sectores se opusieron al artículo introducido por el congresista de Centro Democrático. Por ejemplo, la Misión Especial de Paz de la ONU señaló que lo propuesto tenía “el potencial de afectar las garantías jurídicas de los exmiembros de las FARC-EP que han hecho dejación de armas y están en proceso de reincorporación”.

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A través de Twitter, Humberto de la Calle, exjejefe negociador de la Habana, fue más allá y declaró que la Cámara había “sepultado” el acuerdo de paz. “Si el Presidente puede reactivar órdenes de captura, suplanta la JEP. Y si lo hace por seguridad nacional, no solo revive viejas ideas tenebrosas, sino que lo puede hacer frente a quienes dejaron las armas”, agregó el excandidato liberal.  

Al final, la ley de orden público fue aprobada con un artículo completamente opuesto al incluido por Prada. Este estableció que, al iniciarse de negociación, “las autoridades judiciales correspondientes suspenderán las órdenes de captura que se hayan dictado o se dicten en contra de los miembros representantes de las organizaciones armadas al margen de la ley con los cuales se adelanten diálogos”.

Vea, además:

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