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¿Qué significa que la Fiscalía pida precluir investigación contra Álvaro Uribe?

Jaime Arrubla, expresidente de la Corte Suprema, explica esa figura y lo que viene en el proceso en caso de que el juez acepte o no la solicitud del fiscal Gabriel Jaimes.

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Jaime Arrubla, expresidente de la Corte Suprema de Justicia, explicó lo que podría venir tras la solicitud de la Fiscalía de precluir el caso, por presunta manipulación de testigos, contra el expresidente y exsenador Álvaro Uribe Vélez.

Dice que “el artículo 250 de la Constitución nacional es muy claro y le ordena al fiscal (de turno) que cuando él observe en una investigación que no ha habido delito, que la persona no es el autor de la conducta que se investiga, debe pedir una audiencia al juez de conocimiento, que es lo que se está haciendo ahora, para que ese juez oiga a la Fiscalía pidiendo la preclusión de la investigación”, es decir, que se termine ese proceso.

Según el experto, el papel del juez será abrir una audiencia en la que escuchará al fiscal y a los demás sujetos procesales, incluida la defensa del investigado, víctimas y hasta la Procuraduría. Con base en esto, tomará la decisión de si precluye la investigación o si esta debe continuar.

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“La decisión va a depender del juez. Por el momento conocemos cuál va a ser la posición de la Fiscalía”, recalca Arrubla.

En cuanto al plazo para que dicho juez emita su decisión, señala que “es cuestión de días, máximo de semanas” para conocer, además, el soporte probatorio de la Fiscalía para pedir la preclusión del caso.

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¿Qué pasaría si el juez niega la solicitud de preclusión? A esta pregunta, el doctor Jaime Arrubla señala que puede haber recursos. “Lo que el juez puede hacer es o aceptar la preclusión o continuar con la investigación, o llamar al siguiente paso, que es a juzgamiento. Lo que él diga, en cualquiera de los sentidos, es susceptible de recurso de apelación ante su superior”.

Según la Fiscalía,específicamente el fiscal Gabriel Jaimes, se solicitará la preclusión en el caso de Uribe porque se encontró que varias de las conductas adjudicadas al expresidente "no tienen la característica de delito" y otras que sí lo son "no se le pueden atribuir como autor o partícipe".

¿Cómo entender que la Corte Suprema de Justicia sí encontró estas conductas y la Fiscalía General de la Nación no?

“Indiscutiblemente hay una contradicción de criterios y de conclusiones entre el cuerpo investigativo de la corte, bajo el sistema de la ley 600, que era la sala de investigación con lo que ahora tiene la Fiscalía, porque no creemos que haya habido más pruebas en este mes o mes y medio; no conocemos el expediente. Por eso va a ser tan importante esta audiencia, porque vamos a poder conocer directamente de la Fiscalía qué es lo que ellos encontraron en ese proceso y por qué lo lleva al convencimiento de que hay que pedir una preclusión”.

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En resumen, tras conocerse la decisión del juez sobre si acepta o no la preclusión solicitada por la Fiscalía en el proceso por presuntos falsos testigos contra el expresidente Uribe, cualquiera de las partes puede solicitar recursos de apelación, algo que muy probablemente se extenderá en un nuevo capítulo de este largo caso que se viene gestando desde hace años.

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