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Reforma laboral: ¿desde qué hora sería el recargo nocturno y cuánto habría que trabajar a la semana?

La reforma laboral contempla modificaciones importantes que los trabajadores deberían conocer. Iván Jaramillo, viceministro de empleo y pensiones, explica los detalles.

Reforma Laboral

En el panorama político todos los focos están puestos sobre la reforma a la salud, pero en otras mesas se está trabajando el tema de la reforma pensional y la reforma laboral. A propósito de esta última, este viernes se celebra en la ciudad de Medellín un audiencia pública convocada por la comisión séptima de la Cámara de Representantes para abordar el asunto.

Iván Jaramillo, viceministro de empleo y pensiones, explicó en Noticias Caracol puntos importantes para los trabajadores, como el tema de los contratos, las modificaciones de las jornadas y los recargos nocturnos.

Tema de los contratos en la reforma laboral


“La reforma laboral se orienta a hacer prevalentes los contratos de término indefinido. Solamente se habilitarán los contratos a término fijo y por duración de la obra para situaciones que están especificadas en la ley. Esto realmente no es un cambio sustancial frente a lo que ya trae la legislación laboral, simplemente es procurar hacer realidad el principio de estabilidad en el empleo para los trabajadores”, indicó el viceministro.

Jaramillo también señaló que lo ideal es “procurar el marchitamiento de los contratos basura, que vayan progresivamente acabándose y que los trabajadores y trabajadoras colombianos gocen de estabilidad en el empleo. Eso beneficia a los trabajadores y a las empresas. Los trabajadores van a tener mayor capacidad de consumo y esto va a mejorar sustancialmente la economía nacional, esto nos compete a todos, es un compromiso social”.

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Jornadas diurnas y nocturnas en la reforma laboral


Según el viceministro de empleo y pensiones, “el proyecto de ley plantea retornar y recuperar los derechos de la noche para los trabajadores. Quiero ser muy claro en que en este país durante 70 años la noche empezaba a las 6 de la tarde. Desde el año 2002, por una decisión legislativa, se modificó y empezó desde las 10 de la noche; en el año 2017 se modificó y pasó a las 9 de la noche”.

Para el funcionario esta es una “disfuncionalidad que pretende ser corregida en la reforma laboral para regresar a la noche desde las 6 de la tarde, momento en el cual se genera un recargo nocturno que para trabajadores del salario mínimo por hora asciende a $1.400. Estamos hablando de un recargo moderado del 35%, que no incorpora la reforma, sino que ya trae la legislación laboral, pero que reconoce el esfuerzo de los trabajadores cuando laboran en esta jornada después de las 6 de la tarde”.

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De qué hora a qué hora iría la jornada laboral


"En Colombia, desde la ley 2101 de 2021, es decir, previo a este gobierno, se había tomado la decisión de reducir la jornada laboral de 48 horas semanales a 42, progresivamente, cinco años. Sin embargo, esa ley tiene una disfuncionalidad y es que no quedó el límite de la jornada diaria. Por recomendaciones de la Organización Internacional del trabajo, por recomendaciones de la jurisprudencia constitucional y porque resulta aconsejable, se incorpora la limitación de la jornada diaria máxima a ocho horas.

Esta es una limitación que está contenida en el convenio 01 de 1919 de la OUT y retoma las famosas ocho horas bajo las cuales nació el derecho del trabajo en 1886".

¿El recargo nocturno cómo va a quedar?


"El recargo nocturno no se modifica, el recargo nocturno se mantiene en el 35% por hora laborada. Lo que deben hacer los empleadores es tomar el salario base mensual, dividirlo entre 30, eso les va a dar el valor del día. Ese valor del día lo dividen entre ocho, les da el valor de la hora, y por cada hora se aplica el 35% que se reconoce a los trabajadores, en compensación por su esfuerzo en jornada nocturna, el sacrificio fisiológico, familiar y todo lo que implica laborar después de las seis de la tarde", explicó Jaramillo.

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