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¿Se puede indultar a condenados por actos cometidos durante protestas como propone Pacto Histórico?

También sugiere otorgar amnistía a quienes estén siendo procesados por estos hechos. Según los congresistas, se les debería dar estatus político.

¿Se puede indultar a condenados por actos cometidos durante protestas como propone Pacto Histórico?

Parlamentarios del Pacto Histórico presentaron un proyecto de ley para indultar a condenados y darles amnistía a personas procesadas por hechos ocurridos durante las protestas sociales de los últimos tres años.

La iniciativa busca otorgarles estatus político y regular su situación jurídica.

Según José Alberto Tejada, representante a la Cámara y autor del proyecto, “todo ciudadano tiene el derecho a la desobediencia civil y por lo tanto a la protesta social. El asunto es que cuando la desobediencia civil y la protesta social se califican como como conducta punible, en ese momento usted está haciendo persecución política”.

Para el congresista Pedro José Vacca “es importante que se visualice de esa manera para que puedan aplicar efectivamente las figuras constitucionales del indulto y la amnistía conforme a la Constitución”.

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El representante Alirio Uribe dijo pero que serían los jueces y fiscales quienes “tendrían que analizar si los hechos realmente están relacionados a las protestas, la temporalidad -que sea durante el año 2019, 2020, 2021-, y que no sean delitos graves”.

Una vez otorgado el beneficio, los librados deberían reparar los daños ocasionados en las protestas tras un acuerdo que hagan con las alcaldías, proceso para el que tendrían un año.

Pero la iniciativa ha sido criticada por expertos en derecho penal y derechos humanos.

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Uno de ellos es Juan David Bazziani, quien precisa que “la Comisión Interamericana y la Constitución lo que protegen es la protesta social pacífica y sin armas, otras formas de manifestación no están constitucionalmente protegidas”.

Susana Arango Haupt, experta en derechos humanos, recalca que “las manifestaciones que derivan en violencia y que ponen en riesgo la seguridad alimentaria, el derecho a la salud, el derecho a la seguridad, el derecho a la integridad, el derecho a la vida, el derecho a la locomoción, ese tipo de conductas no tiene precedentes que sean calificables como delitos políticos”.

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