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Fallo obliga a que Medimás responda por citas e incapacidades de pacientes de Cafesalud

Fallo obliga a que Medimás responda por citas e incapacidades de pacientes de Cafesalud

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió cinco medidas cautelares enfocadas hacia los derechos de los usuarios.
El fallo dice que no se puede obligar a las personas a cambiar las citas que habían adquirido cuando funcionaba Cafesalud y, por ende, debe Medimás garantizarlas.
Las incapacidades que autorizó la desaparecida entidad también deben ser cumplidas. Así mismo, los medicamentos y los fallos de tutela.
A ninguno de los pacientes se les puede negar algún tipo de atención aduciendo que habían sido fijados por Cafesalud.
La libertad de elección de la EPS debe respetarse y permitirse el cambio cuando los usuarios hayan estado más de 360 días afiliados.
La sentencia ordena publicar el fallo en un diario de circulación nacional en la impresión dominical.
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