Ha pasado un año desde que la Corte Constitucional determinó que las cámaras salvavidas debían identificar plenamente a un conductor que cometiera una infracción y que no bastaba con que solo se individualizara el vehículo.Transcurrido ese tiempo y teniendo en cuenta que bajo esta modalidad se han multado a 63.026 conductores, cabe la pregunta de si en verdad han cumplido su función. Para Darío Hidalgo, experto en movilidad, más allá de ese cuestionamiento se debe tener en cuenta qué tan responsables han sido los conductores a la hora de cumplir con las normas, independientemente de que existan o no estas cámaras.“Quitar las cámaras es aumentar las muertes”, aseguró Hidalgo, aportando datos como que en Bogotá la reducción de fallecidos en siniestros viales es mayor respecto de otras ciudades del país en un 5%.A pesar de la situación, la concejal María Clara Name, invitada a la conversación, señaló que hay deudas con las campañas para que las personas se comprometan mayormente con la cultura vial.Ambos invitados concluyeron que las cámaras de fotomultas funcionan para salvar vidas y que las ciudades no se pueden quedar sin este instrumento para identificar a los infractores. No obstante, hacen un llamado para que se sorteen los trámites jurídicos y que funcionen acorde a la ley para que no haya vacíos que puedan aprovechar los infractores para evadir su responsabilidad.
Nicolás Estupiñán, secretario de Movilidad de Bogotá, pasó al Tablero de Noticias Caracol y habló sobre en qué están las fotomultas, mejor conocidas como cámaras salvavidas. Este modelo para detectar infracciones ha levantado polémicas que han llegado hasta la Corte Constitucional.Actualmente en Bogotá existen instaladas 72 cámaras salvavidas, las cuales generan cerca de 1.600 infracciones al día.El secretario de Movilidad habló sobre el fallo de la Corte a este modelo de comparendos y cómo se modificó después del mismo.“La Corte nos dijo en febrero de 2020 que para transporte particular el propietario del vehículo no es solidario con el conductor, nosotros veníamos aplicando este principio de solidaridad. En este caso las cámaras detectan la infracción y en la Secretaría comienza un proceso de investigación”, aseguró Estupiñán.El secretario habló sobre lo que tiene que hacer una persona cuando es notificada de que cometió una infracción de tránsito en Bogotá.“Lo primero que tenemos que hacer es respetar las normas de tránsito para no entrar en discusión jurídica. Entre propietarios y conductores abrimos un proceso de investigación, el propietario deberá acudir a la Secretaría de Movilidad a declarar. La autoridad de tránsito deberá investigar y saber lo que sucedió”, expresó.Estupiñán aseguró que ahora todo se basa en una investigación antes de convertirse en una infracción de tránsito.“Antes, automáticamente la detección se convertía en infracción. Ahora decimos que esto no se puede hacer automáticamente, por eso la autoridad de tránsito cita a los involucrados y les pregunta qué sucedió”, concluyó.Es decir, ahora el propietario del vehículo no debe responder de manera solidaria con el conductor del mismo por las multas impuestas. Las cámaras detectan y se realiza una investigación para saber quién manejaba el automotor y quién debe pagar la infracción.De las 1.600 infracciones que estas cámaras detectan al día, solamente el 60 % se convierten en evidencia legítima.
Recientemente la Corte Constitucional reiteró que las fotomultas no estaban siendo tomadas de forma adecuada porque se estaba estableciendo una responsabilidad solidaria entre el conductor que comete una infracción y el propietario del vehículo.“Esto es inconstitucional y es lo que queremos que el secretario de Movilidad nos explique en el Concejo de Bogotá. Cuáles fueron las razones jurídicas por las cuales siguieron las fotomultas sin ningún sustento jurídico”, señaló la concejal María Clara Name.En algunos casos “estamos incriminando a una persona que jamás cometió esa infracción”, agregó.Para la personera (e) de Bogotá, Rosalba Cabrales, la Secretaría de Movilidad debe reevaluar la imposición de fotomultas para que los propietarios no lleguen a la autoincriminación, “eso constitucionalmente está prohibido”, explicó.La funcionaria también detalló que el fallo de la Corte Constitucional, que niega la responsabilidad solidaria entre infractor y propietario, “aduce una violación a la garantía o al derecho de defensa, también la vinculación directa del dueño a un procedimiento administrativo y desconoce el principio de responsabilidad personal, toda vez que el propietario no necesariamente es quien va conduciendo”.En contexto:
Quienes sean captados por cámaras de fotodetección en Bogotá no tendrán comparendo ni multa, pero sí recibirán un aviso informativo que no genera cobro, "diciéndole que cometió una infracción, pero no es un comparendo, es un aviso pedagógico para que todos estemos al tanto de lo que sucede en las vías”, explicó Leonardo Vásquez, subsecretario de gestión de la Secretaría de Movilidad.¿Pero qué pasará con aquellos conductores que cometieron una infracción, como pasarse un semáforo en rojo o exceder los límites de velocidad?"Deben realizar el trámite ante cada una de las secretarías de los municipios para impugnar en caso de que lo crean procedente", precisó Camilo Pabón, superintendente de Transporte.El funcionario informó que actualmente lleva adelante "39 averiguaciones preliminares, algunas en la costa y otras en el centro del país, en Soacha y Bogotá y otros municipios. En el caso de Bogotá se ha hecho una serie de requerimientos por las denuncias de los ciudadanos y estamos revisando cómo están operando, cuáles puntos y con qué señalización".Pero la Superintendencia adelanta investigaciones en otras seis regiones, Medellín, Envigado, Bello, Cali, Sabaneta y Arjona, porque “presuntamente estarían usando puntos no autorizados por el Estado" para las fotomultas.De establecer las irregularidades, estos municipios y ciudades pueden ser multadas hasta con 700 salarios mínimos.Le puede interesar:
Ante el fallo de la Corte Constitucional sobre el sistema de la fotodetección, la Secretaría de Movilidad de Cali anunció que, en la capital del Valle del Cauca, el procedimiento continúa siendo el mismo. Pero hay cambios en el proceso sancionatorio.En Cali, la fotodetección o fotomultas se mantienen, pero, con la caída del parágrafo de solidaridad en la que el dueño del vehículo era el único responsable por las infracciones del conductor, habrá cambios.“Lo que va a cambiar es los tiempos del proceso. Básicamente, se va a extender, puesto que la persona tendrá que presentarse en más de una oportunidad para poder llevar a cabo toda las indagaciones y que se presente todo el material probatorio para que se determine quién era la persona que conducía el vehículo”, dijo Wílliam Vallejo, secretario de Movilidad de Cali.Esto empezará a regir a partir de la fecha y seguirá hasta que la Corte Constitucional defina cuáles serán los cambios tecnológicos requeridos para identificar al conductor del vehículo que comete la infracción y que permitan hacer los ajustes necesarios en las máquinas de fotodetección.Respecto a la investigación que adelanta la Superintendencia de Transporte, el titular de movilidad en Cali aseguró que está a total disposición de dicha entidad.“Todo lo concerniente a las aprobaciones por parte del Ministerio de Transporte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, los requerimientos de mantenimiento del sistema de fotodetección, así como de calibración de los equipos, fueron direccionados a la Superintendencia de Transporte por correo electrónico el pasado 27 de mayo, por lo que tendríamos que esperar ya un pronunciamiento”, aseguró Vallejo.La investigación de la SupertransporteEl pasado jueves 11 de junio de 2020, la Superintendencia de Transporte informó que abrió investigación y formuló pliego de cargos contra las secretarías de Movilidad de seis municipios de Colombia por el presunto incumplimiento de la operación de cámaras de fotodetección.Se trata de las secretarias de Movilidad de Medellín, Envigado, Bello, Sabaneta, Arjona y Santiago de Cali.“Estos organismos de tránsito habrían presuntamente instalado y puesta en operación las cámaras salvavidas sin la debida autorización del Ministerio de Transporte y, en no suministrar la información requerida por la Supertransporte”, señaló la entidad.El organismo de control aseguró, además, que, en caso que estas autoridades de tránsito municipal sean halladas responsables, “se podrán suspender las ayudas tecnológicas hasta tanto cumplan con la norma”. Es decir, no podrán usar las fotomultas para sancionar a conductores.“En cuanto al no suministro de información, los investigados podrán ser multados hasta con setecientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (700 SMMLV)”, anotó la Superintendencia de Transporte de Colombia.Según las autoridades de tránsito de Cali, más de 125.000 procedimientos por fotodetección a conductores infractores se han realizado en la capital del Valle del Cauca durante el 2020.Vea también:Tras fallo de la Corte Constitucional, fotomultas en Cali seguirán operando con normalidad
Las autoridades de Santiago de Cali informaron que las fotomultas de la capital del Valle del Cauca seguirán funcionando con total normalidad, pese al fallo de la Corte Constitucional. Además, se reveló que los tiempos de los procesos sancionatorios se extenderán.Lo anterior, según Wílliam Vallejo, secretario de Movilidad de Cali, se justifica por las múltiples indagaciones que se realizarán de ahora en adelante antes de imponer una sanción.“Se van a extender, ya que las personas tendrán que presentarse en más de una oportunidad para llevar a cabo todas las indagaciones y recopilar el material probatorio para saber quién era la persona que conducía el vehículo”, dijo Vallejo.Cabe resaltar que, antes de este fallo de la Corte Constitucional, los llamados a pagar la infracción eran el conductor y propietario del vehículo, pero, ahora, el alto tribunal señala que la sanción solo debe recaer en quien haya cometido la falta.
Este jueves, la Superintendencia de Transporte informó que investiga a las Secretarías de Movilidad de seis municipios porque presuntamente habrían instalado y puesto en operación esta tecnología sin la debida autorización.En esa decisión se encuentran los organismos de tránsito de cuatro municipios en el Valle de Aburrá: Medellín, Bello, Sabaneta y Envigado.“La Superintendencia de Transporte abrió investigación y formuló pliego de cargos contra las Secretarias de Movilidad de Medellín, Envigado, Santiago de Cali, Bello, Sabaneta y Arjona, por el presunto incumplimiento en cuanto a la operación de los Sistemas o equipos automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de presuntas infracciones de tránsito (SAST) o cámaras de fotodetección”, señaló la entidad en un comunicado.De acuerdo con la superintendencia, si las secretarías son encontradas responsables de los señalamientos tendrían que suspender las ayudas tecnológicas hasta que cumplan con la norma.“En cuanto al no suministro de información, los investigados podrán ser multados hasta con 700 SMMLV (salarios mínimos mensuales legales vigentes).La entidad informó que los cargos que se imputan son:No suministrar información legalmente requerida por la superintendencia.Presunta instalación y puesta en operación de SAST sin la autorización respectiva por las Secretarías de Movilidad de Santiago de Cali, Medellín y Envigado.Presunta instalación y puesta en operación de SAST sin el cumplimiento de las condiciones técnicas establecidas por la normatividad vigente en el caso de Bello, Sabaneta, Arjona y Santiago de Cali.“Se garantizarán los principios del debido proceso y el derecho de defensa y se precisa que el procedimiento sancionatorio iniciado se realizará de conformidad con lo establecido en la ley”, indicó la Superintendencia de Transporte.Vea también:
Luego de que la Corte Constitucional tumbara la norma que señalaba que una fotomulta se podía pagar de forma solidaria entre quien cometió la falta y el dueño del vehículo, muchos propietarios que han sido sancionados preparan impugnaciones.El alto tribunal señaló que únicamente quien comete la falta debe responder no solo de forma monetaria sino con las consecuencias que deriven de esta conducta.En Bogotá, las cámaras salvavidas le costaron al Distrito alrededor de 40 mil millones de pesos y ya hay más de 250 mil quejas ante la Personería por aparentes irregularidades en fotomultas de todo tipo de cámaras.El Ministerio de Transporte ha autorizado en toda Colombia 507 cámaras de fotomultas, la mayoría instaladas y operadas por concesiones privadas.Con este panorama, ante la Procuraduría fue radicada esta solicitud para vigilar el cumplimiento de la sentencia de la Corte en las cámaras de fotomultas, especialmente de Bogotá y en Popayán.Sin embargo, Mintransporte dice que la sanción seguirá imponiéndose mientras las autoridades de tránsito adelantan los cambios en los sistemas para reconocer al infractor.Vea también:
Recalca la funcionaria Carmen Ligia Valderrama que ese alto tribunal lo que hizo fue dejar en claro que se debe precisar quién es la persona responsable de la infracción a bordo de un vehículo. Esto para efectos de que el comparendo sea pagado solo por quien la cometió y no necesariamente, en solidaridad, el propietario.“Más que las cámaras se deben aprobar unos sistemas de detección para individualizar a los infractores. Deben ser avalados por el Ministerio de Transporte”, indicó.A la pregunta sobre si hay devolución de dinero a una persona que fue multada, pero que no se le reconoció el rostro, respondió: “hay una alternativa que es impugnar el comparendo. Y si no está de acuerdo con ello, solicitar que así sea reconocido por la justicia”. Es decir, se debe llevar el caso a las instancias jurídicas.Otra duda que abordó fue sobre si las cámaras salvavidas instaladas en Bogotá son legales o no. “En la página del Ministerio de Transporte está consignado cuáles son los sistemas que están aprobados. Allí se podrá verificar”, respondió la viceministra.“La Corte Constitucional no ha declarado el uso inexequible de la fotodetección. Lo que se precisa es que, cuando se imponga el comparendo, debe especificarse quién cometió la conducta”, recalcó.“Lo más importante es que, si les llega el fotocomparendo, tengan la absoluta certeza de si corresponde a quien cometió la infracción. Si hay lugar a duda, la alcaldía correspondiente tiene la carga de comprobar quién fue quien cometió la infracción”, puntualizó.Le puede interesar:
El alto tribunal dio a conocer la sentencia en la que conceptuó que las cámaras conocidas como 'salvavidas' deberán identificar plenamente a los conductores infractores.El pasado 6 de febrero había dicho que las llamadas fotomultas por infracciones de tránsito solo las debe pagar la persona que la cometió y no el dueño del carro.En su momento tumbó un parágrafo del artículo 8 de la ley 1843 de 2017 que declaraba al propietario del vehículo como solidariamente responsable, pero también le dio la responsabilidad al Congreso para que regule la operación de las cámaras salvavidas."La norma demandada adolece de ambigüedades en su redacción y, por consiguiente, genera incertidumbre en cuanto al respeto de garantías constitucionales ineludibles en el ejercicio del poder punitivo del Estado", señala el fallo.La corte recordó que la solidaridad sigue vigente solo para vehículos vinculados a empresas de transporte, como lo prevé el artículo 93-1 del Código Nacional de Tránsito.Vea cómo se impondrá una fotomulta cuando cámaras no puedan identificar a conductor infractor
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Luisa Fernanda W y Pipe Bueno son una de las parejas más famosas de la farándula colombiana. La creadora de contenido y el cantante de música popular tienen dos hijos: Máximo y Domenic. Antes de su nacimiento, la influenciadora paisa no tenía planes de convertirse en madre, así lo admitió durante una entrevista para La Sala de Laura Acuña.>>> ¿Luisa Fernanda W está otra vez embarazada? La influenciadora aclaró rumores sobre un tercer bebé"No quería ser mamá jamás, yo estaba en mi vida pensando en otra cosa, yo quería viajar, quería disfrutar mi vida de otra manera", expresó Luisa Fernanda W. No obstante, la también empresaria le dijo a la presentadora que sus dos pequeños son lo mejor que la ha podido pasar en la vida. "Yo veo a mis dos hijos y no puedo creer que sean míos. Me parece mágico, en qué momento nacieron, estaban en la barriga y ya están gigantes", comentó."Ella no es de mi agrado, pero realmente es una gran mamá y sus hijos son preciosos", "Me cae bien y hace bonita pareja con Pipe Bueno. Bendiciones para ustedes", "Esta mujer irradia demasiadas cosas bonitas, energía bonita, vibra alto", "No creo que deberían llamarla influencer, pero lo cierto es que mala mamá no es", opinaron internautas.Luisa Fernanda W y Pipe Bueno llevan casi cinco años juntosPese a las innumerables críticas, la famosa pareja ha sabido superar cada cosa difícil en su relación. A través de redes sociales, Pipe Bueno y Luisa Fernanda W realizaron un tierno video con recuerdos de su relación a lo largo de estos casi cinco años que llevan juntos. Se mostraron bastante orgullosos de la familia que han formado, incluso sin contar con el apoyo de muchos internautas."No nos tenían fe y aquí vamos pa 5 años y 2 hermosos hijos", escribió recientemente Pipe Bueno en la descripción del video, que superó en cuestión de horas los 300.000 me gusta y los 7 millones de visualizaciones.>>> Luisa Fernanda W revela cómo superó el odio de las redes sociales: "Sufrí un hate masivo"¿Qué significa la W de Luisa Fernanda?Muchos seguidores pensaron que la W en el nombre artístico de la creadora de contenido tenía algún significado, pero no es así. En su momento, la influenciadora señaló que "nadie entiende que Luisa Fernanda W, cuando creó Twitter, simplemente el nombre de usuario de luisafernandacataño no estaba, ni luisafernandarios, nada. Ah, entonces, yo dije: ‘¿Qué letra le pongo a esto? Ay, W’. Y así quedé".
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Las cesantías se constituyen como un fondo de ahorro para el trabajador, que se acumula mensualmente durante el año y se paga al empleado al finalizar su contrato laboral o al término del año fiscal. Estas cesantías son un porcentaje del salario del trabajador y están destinadas a cubrir periodos de desempleo o emergencias económicas que pueda enfrentar el empleado. Ahora bien, muchos colombianos aún desconocen cómo realizar el retiro parcial o definitivo de esta prestación social.>>> ¿Quiénes heredarían la pensión de un fallecido en Colombia? Esto dice la reforma aprobada¿Cómo hago para retirar las cesantías?Le explicamos cómo puede retirar sus cesantías en los diferentes fondos, teniendo en cuenta la razón por la que desea hacerlo.PorvenirSi está afiliado a Porvenir, esto necesitará para el retiro de sus cesantías:Carta de su empleador con nombre o razón social y tipo y número de identificación del mismo.Sus nombres y apellidos, tipo y número de identificación.Datos de contacto del empleador.Su salario devengado.El monto de la disminución de su ingreso mensual, si aplica.Puede retirar por licencia no remunerada, suspensión del contrato, emergencia económica, disminución de salario, vivienda o educación.Proceso virtualIngrese a la página de Porvenir y seleccione 'Retira tus cesantías en línea'.Elija 'Iniciar solicitud' o 'Consultar estado de una solicitud'.Complete los datos del afiliado y del empleador.Verifique el estado de su solicitud con su número de documento y de solicitud.>>> Reforma pensional: ¿qué personas mayores de 60 años recibirán bono de $223.000?ProtecciónPodrá retirar sus cesantías en estos casos:Terminación de contrato: necesita una carta de autorización de su empleador y debe contener nombres, tipo y número de identificación suyo y de su empleador y la fecha de terminación de contrato.Compra de vivienda o pago impuesto predial: necesita una carta de autorización de su empleador y debe contener nombres, tipo y número de identificación suyo y de su empleador y el monto a retirar.Remodelación de vivienda: deberá presentar una carta de autorización de su empleador que incluya nombres, tipo y número de identificación suyo y de su empleador y el valor que necesita retirar.Educación: tendrá que presentar la liquidación de la matrícula de la institución educativa sin cancelar o el seguro educativo. No derechos de grado, preparatorios ni cursos de profundización. El pago se generará a nombre de la institución.Puede presentar los documentos en una oficina de Protección o realizar la solicitud a través de la página web del fondo.ColfondosAl igual que en Protección, usted puede reclamar sus cesantías en Colfondos en caso de terminación de contrato, educación, vivienda u otras emergencias económicas. Incluso, este fondo implementó la opción de retirar la prestación social a través de Nequi y Daviplata.Retiros para educación1. Original o fotocopia del recibo de matrícula por parte de la institución de educación superior o instituciones que imparten programas técnicos en artes y oficios que estén aprobados por autoridades de educación departamental. En este recibo debe aparecer la siguiente información:Nombre y NIT de la institución.Área de estudio.Duración del programa.Valor.2. Copia de la resolución de aprobación de la institución educativa y constancia de la aprobación del respectivo programa educativo para los casos de educación, para el trabajo y desarrollo.3. Fotocopia cédula de ciudadanía.Si su retiro es para alguno de sus beneficiariosCopia registro civil de matrimonio o de nacimiento según sea el beneficiario (cónyuges y/o hijos).Copia de declaración extra juicio para compañeros permanentes.Hijastros: copia de registro civil de nacimiento, declaraciones extrajuicio ante notario donde el afiliado especifique que responde económicamente por su hijastro y copia registro civil de matrimonio o declaración extra juicio para compañeros permanentes.Si su retiro es para IcetexEl recibo de matrícula debe ser remplazado por el recibo de pago y ya no aplicaría la resolución de aprobación.Si su retiro es para educación en el exteriorEl recibo de matrícula es remplazado por una certificación expedida por la entidad de educación superior en el exterior, en donde conste la admisión al programa educativo del afiliado, su cónyuge, compañera o compañero permanente y sus hijos, el área específica de estudio y el valor de la matrícula pendiente de pago.La copia de la resolución de aprobación es remplazada por una certificación original del ente estatal correspondiente al país de sede de la entidad de educación superior, donde se acredite que las entidades educativas donde se encuentra adelantando el estudio tienen la calidad de instituciones técnicas profesionales, instituciones universitarias, escuelas tecnológicas o universidades. La citada certificación debe ser apostillada y presentarse igualmente en original.Si los documentos vienen en un idioma diferente al español, se debe adjuntar traducción oficial.Teniendo en cuenta que Colfondos no puede realizar el giro directamente a la entidad educativa (por exigirlo en moneda extranjera), el pago se realizará a la cuenta que usted indique en el formulario de retiro.Este trámite solo se podrá realizar a través de la red de oficinas de Colfondos o en el contact center si está en una ciudad donde no hay oficina.
Nueve futbolistas chilenos, exjugadores de la división sub21 del club Cobreloa, quedaron en prisión preventiva el viernes tras ser acusados de participar en la violación grupal de una joven en 2021, informó la Fiscalía.>>> Pastor de una iglesia cristiana habría abusado de una niña de 13 años, en TuluáFutbolistas chiles habrían participado en violación durante una fiestaLos deportistas son acusados de atacar sexualmente a una mujer cuando asistió el 16 de septiembre de 2021 a una fiesta en la casa donde vivían los jugadores juveniles del club de fútbol, en la ciudad de Calama, a unos 1.500 km al norte de Santiago.Los arrestos se llevaron a cabo por "hechos constitutivos del delito de violación, cometidos contra una víctima, mujer mayor de edad", dijo el fiscal regional Juan Castro Bekios.Los futbolistas chilenos fueron detenidos en las ciudades de Santiago, Calama y Osorno para ser llevados hasta el tribunal de Calama, donde les presentaron los cargos formalmente.La Fiscalía identificó a los detenidos solo con sus iniciales y sostuvo que todos eran mayores de edad cuando se produjeron los hechos. La audiencia judicial no fue pública debido a que la investigación fue declarada como reservada por el Ministerio Público.El tribunal otorgó un plazo de 120 días de investigación antes de iniciar un juicio. El caso inicialmente se había cerrado después de que la víctima desistió de formalizar la denuncia.>>> Cae sujeto señalado de pagar $7 millones por abusar de una niña de La GuajiraCobreloa, el club de la ciudad minera de Calama que compite en la primera división del fútbol chileno, en su momento tampoco adelantó acciones judiciales al estimar que "no fue posible acreditar que se haya cometido un abuso o violación masiva".La Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) expresó el viernes su total "repudio y condena" respecto de cualquier hecho de violencia o abuso sexual.Dijo que dispondrá de "la suspensión deportiva inmediata de los jugadores involucrados en este caso, que formen parte de clubes asociados a esta institución".La ministra chilena del Interior, Carolina Tohá, afirmó que las detenciones "son relevantes para reforzar la confianza en las instituciones y en el avance de un proceso que debe seguir adelante hasta alcanzar justicia".