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¿Anda en moto? Estas son las prohibiciones para circulación de estos vehículos en Cali durante 2019

Quienes sean sorprendidos incumpliendo lo establecido mediante de decreto municipal serán sancionados con multa e inmovilización del vehículo.
Desde el 1 de enero de 2019, comenzó a regir en Cali el nuevo decreto que no solo establece la restricción del pico y placa para la circulación de automotores en la capital del Valle del Cauca, sino las prohibiciones que se aplicarán a las motocicletas.
De acuerdo con el decreto 4112.01020.0801, firmado el 28 de diciembre del 2018 por el alcalde Maurice Armitage, está prohibido el tránsito de motocicletas con acompañante menor de diez años en el área urbana de Cali.
Asimismo, el documento señala que tampoco está permitida la circulación de motos entre la 1:00 y 5:00 de la mañana durante los días jueves, viernes, sábado y domingo, “salvo excepciones consagradas por la autoridad competente”.
En dichas excepciones figuran “funcionarios o miembros de los organismos de seguridad del Estado (Policía, Ejército, Fuerza Aérea, Naval, INPEC), agentes de tránsito, personal de empresas de vigilancia y/o seguridad privada o de servicios de domicilio y mensajería, debidamente uniformados, acreditados y en uso de vehículos destinados a dichas labores”.
Finalmente, el conductor y/o propietario de una motocicleta que infrinja dichas prohibiciones será sancionado con multa de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes ($414.058) y la inmovilización del vehículo.
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