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Corte Constitucional explica alcances de eutanasia en Colombia y habla de casos como la depresión

También señala las condiciones que deben cumplirse para que una persona que no padezca una enfermedad terminal solicite el procedimiento. Hay polémica en algunos sectores.

El presidente de la Corte Constitucional, Antonio José Lizarazo, explicó los alcances de la eutanasia en Colombia al extenderla a personas que no tienen una enfermedad terminal.

Según el magistrado, ahora también “admite que la eutanasia pueda ser realizada sobre pacientes que padecen un intenso sufrimiento, y en este caso, precisa la Corte, físico o psíquico que provenga de una lesión corporal o de una enfermedad grave e incurable”.

También dijo las condiciones que deben cumplirse para que una persona solicite la eutanasia en Colombia y que no sean producto de un momento de depresión, como han señalado algunos después de conocer el fallo.

La depresión, o el sufrimiento, o el dolor no es un asunto que pueda decidir el paciente sin tener en cuenta el concepto médico, por esa razón hay tres elementos que deben concurrir para que pueda advertirse que no se incurre en el delito, porque la conducta del médico sería atípica”, subrayó el togado.

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Dichos elementos son que: “Ni el médico solo puede, ni el paciente solo puede, sino que el médico lo que debe es informar al paciente sobre las alternativas y sobre las posibilidades de recuperación o del desarrollo que va a tener la enfermedad”.

La Corte Constitucional señala que uno de los requisitos que se mantiene es la autorización del paciente, pero reconoce que esta se puede hacer en cualquier momento de la vida, dentro de lo que se conoce como voluntad anticipada.

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El documento, aclara el magistrado Lizarazo, “puede ser modificado por el paciente, no queda atado indefectiblemente esa manifestación, pero podría resultar muy útil en aquellos eventos en que el paciente no está en capacidad de emitir un nuevo pronunciamiento”.

Los otros requisitos para la eutanasia en Colombia son: que la debe practicar un médico y se debe comprobar que el paciente padece una enfermedad grave.

Acerca de situaciones donde una persona queda sin facultades para expresar su voluntad y en condiciones que se consideran que no corresponden a la dignidad humana, el presidente de la Corte Constitucional señala que el paso a seguir no quedó estipulado en el fallo, sino que debe ser regulado por el Congreso, que también debe regular el tema de los niños, entre otros aspectos.

Posiciones sobre el fallo respecto a la eutanasia en Colombia

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Esto han dicho algunos sectores tras conocer la decisión:

Padre Euclides Medina Blanco, párroco de San Alfonso:
"La vida es un don que Dios nos regala, Él es el único dueño. Por eso nosotros debemos conservarla y cuidarla. Claro, también entiendo que hay personas que sufren el dolor en su cuerpo, pero para esto se le brinda, según la legislación colombiana, un acompañamiento con profesionales de la salud donde la persona conozca qué enfermedad tiene".

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Pastor Héctor Pardo, presidente de Confelirec:
"Ahora se despenaliza, prácticamente, completamente, la eutanasia y no sabemos cuántas cosas, con la corrupción que existe a quiénes van a matar bajo el pretexto de que ya no tiene derecho a vivir. Y también ya estamos exportando sicarios para matar presidentes en el mundo. Realmente es una gran preocupación del pueblo cristiano. Tenemos que aprender que la vida es sagrada desde el momento de la concepción hasta la muerte natural".

Álvaro Rodríguez, psiquiatra de la Universidad Nacional:
"Una decisión de la Corte Constitucional muy complicada. Desde el punto de vista psiquiátrico hay el problema con la depresión, que no es una enfermedad terminal; sin embargo, es una de las entidades más frecuentes en la patología humana y durante ese periodo las personas pueden sentir que la vida no vale la pena y pueden desear acabar con su existencia".

Jesús Magaña, coordinador de Unidos por la Vida:
"No existe el derecho a la muerte digna, existe el derecho a la vida digna. Los hospitales serán obligados entonces ahora a generar la aplicación de la eutanasia con un criterio muy triste, la eliminación de aquellas personas que son descartables".

Lucas Correa, director del Laboratorio de Derechos Económicos Sociales y Culturales:
"Nosotros estamos absolutamente de acuerdo y celebramos la decisión de la Corte Constitucional. Esta es una decisión acertada, es una decisión que amplía y profundiza el derecho a morir dignamente en Colombia, que elimina la barrera de la enfermedad terminal. De ahora en adelante los colombianos no tendrán que esperar a que su salud esté deteriorada hasta el punto de la humillación y el dolor".

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