Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Push Noticias Caracol
Reciba nuestras notificaciones con lo último de:
Ahora no
Activar

Publicidad

Corte Constitucional revocó decisión de borrar murales que hacen alusión a los falsos positivos

Un juez ordenó quitarlos, pero para el alto tribunal los autores no violan derecho alguno.

Corte Constitucional revoca la decisión de borrar murales que se refieren a los falsos positivos

Una serie de murales, promovidos por el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado, en varias calles del país ocasionaron una gran polémica, pues con la foto de varios excomandantes del Ejército preguntaban “¿Quién dio la orden?”, refiriéndose a los falsos positivos.

Por lo anterior, un juez ordenó borrarlos, pero este martes la Corte Constitucional cambió la decisión y argumentó:

"Es claro que no se configura un ejercicio abusivo de la libertad de expresión (...) se reitera que el mensaje es de interés público; se relaciona con las responsabilidades de una persona que ejerce mando en el Ejército Nacional", expuso la Corte.

De acuerdo con el abogado de las víctimas de los falsos positivos Sebastián Escobar el fallo de la Corte protege el mensaje contenido en dichos murales porque se refiere a un tema de interés público, pues habla de un tema “macrocriminal” que involucra a agentes del Estado y porque busca cuestionar a los funcionarios públicos en el ejercicio de su funciones.

Publicidad

Para militares en retiro, este tipo de expresiones dejan en indefensión a miembros de la fuerza pública.

“Estamos en presencia de un fallo de la Corte que en apariencia protege el derecho de las víctimas en el marco del sistema transicional, pero que tiene un trasfondo ideológico y político. Como quiera que los militares que aparecen en este mural, si bien están indiciados en el macro caso 03, aún no han sido vencidos en juicio y creo que su honor y su buen nombre debería ser protegido por los altos tribunales “, expresó el coronel en retiro José Obdulio Espejo, analista en temas militares.

Publicidad

La Corte señaló que hay tres tipos de discurso protegido: el político, sobre funcionarios o personajes públicos y el discurso sobre identidad o dignidad personal.

  • Publicidad